Gobierno del Estado de México
 

ACTA DE MATRIMONIO

EL ACTA DE MATRIMONIO, ES UN CERTIFICADO QUE ACREDITA QUE DOS INDIVIDUOS HAN ESTABLECIDO UNA RELACIÓN MATRIMONIAL ENTRE AMBOS. ESTE DOCUMENTO ES EMITIDO POR EL ESTADO A TRAVÉS DE UN REGISTRO CIVIL Y CON LA ACTUACIÓN DE UN JUEZ. CON EL MATRIMONIO, CADA UNA DE LAS PARTES ADHIERE A UN CONTRATO QUE LES IMPONE OBLIGACIONES Y LES OTORGA DERECHOS.
EL MATRIMONIO ES UNA INSTITUCIÓN DE CARÁCTER PÚBLICO E INTERÉS SOCIAL, POR MEDIO DEL CUAL DOS PERSONAS VOLUNTARIAMENTE DECIDEN COMPARTIR UN ESTADO DE VIDA PARA LA BÚSQUEDA DE SU REALIZACIÓN PERSONAL Y LA FUNDACIÓN DE UNA FAMILIA.
AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 52680, Xalatlaco, México
Adicional:
FUNDAMENTO JURÍDICO: ART. 142 FRACCIÓN XI DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2021 al 31/12/2021.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
EN CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Xalatlaco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO LO SOLICITEN LOS USUARIOS

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. SOLICITUD DE MATRIMONIO
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. PRESENCIA DE LOS SOLICITANTES
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

3. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DE LOS SOLICITANTES
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

4. CONVENIO QUE EXPRESE EL RÉGIMEN MATRIMONIAL
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

5. CERTIFICADO SUSCRITO POR MÉDICO TITULADO O POR UNA INSTITUCIÓN OFICIAL (EL CERTIFICADO MÉDICO TENDRÁ UNA VIGENCIA DE QUINCE DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN)
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

6. IDENTIFICACIÓN OFICIAL INE DE LOS SOLICITANTES
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

7. CURP DE LOS SOLICITANTES
SI
1, Simple
ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

1.- EL CIUDADANO ACUDE A LA OFICINA DE LA OFICIALIA DE REGISTRO CIVIL CON REQUISITOS ESTABLECIDOS. SOLICITA TRAMITE Y LLENA SOLICITUD LA CUAL ES OTORGADA EN OFICINA
2.- EL PERSONAL DE LA OFICIALIA DE REGISTRO CIVIL BRINDA ATENCION AL SOLICITANTE, RECIBE DOCUMENTACION Y COTEJA.
3.- SE PROCEDE A LA ELABORACION DEL ACTA DE MATRIMONIO CUANDO REALIZA EL MATRIMONIO EN OFICINAS O EN CASO DE LLEVARSE ACABO EL MATRIMONIO A DOMICILIO SE AGENDA DE ACUERDO A LA FECHA SOLICITADA
4.- EL PERSONAL DE LA OFICIALIA DE REGISTRO CIVIL EXPIDE ORDEN DE PAGO.
5.- EL SOLICITANTE ACUDE A CAJA DE TESORERIA , REALIZA EL PAGO CORRESPONDIENTE Y REGRESA A OFICILIA DE REGISTRO CIVIL
6.- EL PERSONAL DE LA OFICILIA DE REGISTROCIVIL REALIZA LA ENTREGA DEL ACTA DE MATRIMONIO O EN CASO DE CELEBRARSE EL MATRIMONIO A DOMICILIO SE ACUDE EN LA FECHA PROGRAMADA.
Dependencia u organismo:
Municipio Xalatlaco
Dirección general:
Oficialía de Registro Civil
Unidad administrativa responsable:
Oficialía de Registro Civil
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.D. Juan Jose Torres Almazan
Cargo del titular:
Oficial de Registro Civil
Domicilio:
AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE No. Ext. 1 No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 52680, Xalatlaco, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
ACTA DE MATRIMONIO
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿CUÁNTOS TESTIGOS?
NINGUNO, YA NO SE OCUPAN
2. ¿PUEDE CELEBRARSE LA CEREMONIA EN LA OFICIALÍA?
SI
3. ¿PUEDE CELEBRARSE LA CEREMONIA FUERA DEL MUNICIPIO
SÍ, CON EL PERMISO CORRESPONDIENTE DE LA OFICINA REGIONAL DE TENANGO DEL VALLE NO. VIII.
Fundamento legal:
ART. 3.26, 4.1 BIS, 4.2 CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO, ART. 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SE OTORGA LA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS
AL CELEBRARSE EL MATRIMONIO SE ASENTARÁ EL ACTA RESPECTIVA, EN LA QUE SE HARÁ CONSTAR LOS DATOS GENERALES DE LOS CONTRAYENTES Y DE LOS PADRES DE CADA UNO, RÉGIMEN MATRIMONIAL, FIRMAS DE QUIENES PARTICIPAN Y LAS HUELLAS DIGITALES DE LOS CONTRAYENTES.
SE CONCLUYE EL TRÁMITE CON LA ENTREGA DEL ACTA MATRIMONIO
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO LO SOLICITEN LOS USUARIOS
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
06/09/2021 05:09 pm



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