Gobierno del Estado de México
 

Trámite de expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género.

Toda persona con capacidad legal, que así lo requiera, puede solicitar al Oficial del Registro Civil en donde está asentada su acta de nacimiento la rectificación de esta, para el reconocimiento de identidad de género, previa anotación correspondiente.
Plaza Hidalgo No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 54900, Tultitlán, México
Costo:
$ 135 pesos.
Adicional:
Fundamento Jurídico:
Articulo 142 fracción X del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/01/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería del Ayuntamiento de Tultitlán
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de parte interesada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de rectificación para el reconocimiento de identidad de género, que contendrá firma(s) y huella de quien comparece.
SI
1, Simple
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.

Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Copia certificada del acta de nacimiento fiel del libro.
SI
1, Certificada
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.
Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Original y copia fotostática de la identificación del o la interesada (o) vigente.
SI
1, Simple
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.
Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios

4. Comprobante de domicilio vigente.
SI
1, Simple
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.
Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Escrito de no estar sujeto a proceso judicial que afecte derecho de terceros.
SI
1, Simple
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.
Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Clave Única de Registro de Población (CURP).
SI
1, Simple
Art. 1ro. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Libro Tercero capítulo VIII del Código Civil del Estado de México.
Art.142 fracc. X del Código Financiero del Estado de México y Municipios

1.- Se presenta el interesado/a con la documentación en Atención al Publico
2.- Se revisan los documentos entregados por el ciudadano
3.- Si se cumple con los requisitos se le entregara al ciudadano :solicitud y escrito de no proceso judicial; así como su orden de pago. Si no se cumple con todos los requisitos se hará saber al ciudadano cuales le faltan.
4.- El ciudadano regresa a atención al Publico, muestra su orden de pago ;así como los documentos que mostro en el primer paso.
5.- La secretaria del Registro Civil realiza el acuerdo de Radicación, la resolución administrativa, las anotaciones en el libro de la Oficialía; así como en el sistema
6.- Se realiza la modificación del acta en el sistema
7.-El ciudadano pasa con el Oficial del Registro Civil y da solemnidad al acto. Entrega el acta de nacimiento y la nueva Clave CURP.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Secretaría del Ayuntamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Anay Beltrán Reyes
Cargo del titular:
Secretaria del Ayuntamiento
Domicilio:
Plaza Hidalgo No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5526208900 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: secretaria@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta de nacimiento certificada y Clave Única de Registro de Población (CURP) por rectificación por reconocimiento de identidad de género., así como su resolución administrativa
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Si llegara a cambiar de opinión, ¿Puedo volver a realizar el tramite?
Si, pero será únicamente por medio judicial.
2. ¿Debo ser mayor de edad para poder realizar el tramite ?
Si, es necesario.
3. Puedo realizar el trámite si vivo en el en el Municipio de Tultitlán pero estoy registrado en otro lugar?
Se tiene que realizar en el registro donde está registrado (a)
Fundamento legal:
Código Civil del Estado de México
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que se cumpla con los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de parte interesada.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
24/08/2023 12:53 pm



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