Gobierno del Estado de México
 

Transcripción de actas de los actos y/o hechos del estado civil.

El registro de los hechos y actos del estado civil celebrados por mexicanos/as en el extranjero, se efectuará transcribiendo su contenido en el libro que corresponda, reservándole sus derechos para adecuarlo plenamente a la legislación civil de la entidad.
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Costo:
$ 635 pesos.
Adicional:
Artículo 142 Fracción XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
La Paz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se necesite transcribir una acta extranjera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud que contendrá firmas y huellas de quienes compadecen
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

2. Copia certificada del acta o constancia expedida en el extranjero, debidamente apostillada o legalizada, para su cotejo correspondiente
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

3. Traducción por perito oficial, si las constancias estuvieran redactadas en idioma diferente a español, en caso de que no exista perito oficial en el idioma que requiere, se podrá solicitar en una institución oficial reconocida ante la secretaria de la educación pública.
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

4. Acta de nacimiento, certificado de nacionalidad mexicana, carta de naturalización, pasaporte o matrícula consular, en original para su cotejo, que acredite la nacionalidad mexicana de o los interesados mencionados en el acta.
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

5. Identificación oficial vigente de quienes comparezcan y/o de los/ de las interesados/as.
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

6. Permiso de traslado internacional, tratándose de acta de defunción .
SI
1, Simple
Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México, Artículos 105, 106, 107, 108, 109 y 110. Art. 142 Fracc. XVI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

1. Se recibe y revisa la documentación.
2. Se entrega al usuario una solicitud para su llenado, firma y huella del trámite para inserción.
3. Se elabora el acta del acto o hecho en el libro correspondiente.
4. El o la oficial revisa, firma, sella el acta del acto o hecho y se hace entrega de la misma.
Dependencia u organismo:
Municipio La Paz
Dirección general:
Coordinación de Registro Civil
Unidad administrativa responsable:
Registro Civil Número 1
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Gerson Ricardo Martínez Hernández
Cargo del titular:
Oficial de Registro Civil
Domicilio:
Plaza General Luis Cerón No. Ext. Sin Número No. Int. Sin Número, Col. Los Reyes Acaquilpan, C.P. 56400, La Paz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558566738 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta Correspondiente
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Costo del trámite?
$635
2. ¿Tiempo de entrega del documento?
03 días hábiles
3. ¿Horarios para realizar el trámite?
De 09:00 am a 17:00 pm.
Fundamento legal:
Artículo 105, 106, 107, 108, 109 y 110 del Reglamento Interior de Registro Civil del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre y cuando se cumpla con los requisitos solicitados.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se necesite transcribir una acta extranjera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
05/09/2023 04:33 pm



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