Gobierno del Estado de México
 

Tomas de agua potable

Realizar contratos para nuevas tomas de agua potable dentro del territorio municipal.
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Costo:
$ 6000 pesos.
Adicional:
Artículo 130 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Transferencia.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de ingresos de la tesorería municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Villa Guerrero
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano requiera del servicio de agua potable en su municipio.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad
SI
1, Simple
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.

2. Recibo predial al corriente.
SI
1, Simple
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.

3. Recibo de agua actualizado.
SI
1, Simple
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.

4. Identificación oficial.
SI
1, Simple
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.

5. Solicitud dirigida al presidente municipal.
SI
1, Simple
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.

Acudir a la dirección de agua potable con los requisitos necesarios para realizar la solicitud.
Dependencia u organismo:
Municipio Villa Guerrero
Dirección general:
Dirección de Agua Potable
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Agua Potable
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Brigido Bernal Bernal
Cargo del titular:
Director de Agua
Domicilio:
Plaza Morelos, Esq. 5 de Mayo No. Ext. Sin número No. Int. Sin número, Col. Centro, C.P. 51760, Villa Guerrero, México
Contacto:
Telefono1: ( 714 ) 1460006 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: diragua@villaguerrero-edomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Contrato de conexión de toma de agua potable, recibos de pago y recibo de pago de agua del año actual
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Después de entregar mis documentos y realizar el pago correspondiente ¿qué necesito para que me instalen mi toma de agua?
Hacer su registro con tapa y contar con el material que indique el fontanero para hacer la conexión.
2. ¿El registro lo hace el fontanero?
Hacer el registro corresponde al usuario, el fontanero únicamente realiza la conexión.
3. ¿Cuánto tiempo tardan en instalar mi toma de agua, después de realizar el trámite?
En cuanto se tenga disponibilidad y se cuenten con los medios requeridos para la conexión.
Fundamento legal:
Artículos 4 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 125 y 128 fracc. I, II, III, V y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículos 6, 8 y 10 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.
Artículos 65, 66 y 67 del Bando Municipal 2024 de Villa Guerrero.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando se cumplan con los requisitos correspondientes para realizar el trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano requiera del servicio de agua potable en su municipio.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/08/2024 01:50 pm



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