Gobierno del Estado de México
 

Solicitud de reubicación de toma domiciliaria de agua

Consiste en la modificación de un punto de conexión entre la red de distribución y la infraestructura domiciliaria del usuario para la prestación del servicio de agua potable a otro punto distinto del mismo domicilio.
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

Costo
20.6219 UMAS + IVA
Costo
22.8591 UMAS + IVA
Costo
6.2021 UMAS + IVA
Costo
6.5742 UMAS + IVA
Costo
116.2499 UMAS + IVA
Costo
253.0938 UMAS + IVA
Costo
413.5060 UMAS + IVA
Costo
515.1089 UMAS + IVA
Costo
616.7118 UMAS + IVA
Costo
1301.1313 UMAS + IVA
Costo
1787.9573 UMAS + IVA
Costo
2851.7947 UMAS + IVA
Adicional:
Gaceta Municipal 162 Año 02 de fecha 30 de Octubre de 2023 donde se publican los Precios Públicos por los productos y servicios relacionados al suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento, del municipio de Atizapán de Zaragoza, Estado de México, con medidor y cuota fija de usuarios de tipo doméstico y no doméstico correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

Decreto por el que el Instituto Nacional de Estadística y Geográfica da a conocer el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, vigente a partir del 1º de febrero de 2024 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero del 2024.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Derivado de la falta de suministro y/o falta de presión para dotar del mismo el predio afectado, considerando la infraestructura hidráulica para su prestación y la disponibilidad del agua.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar la reubicación de toma domiciliaria de agua.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente a la reubicación de la toma de agua.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular de la cuenta pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

5. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Carta Poder autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar la reubicación de toma domiciliaria de agua.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente a la reubicación de la toma de agua.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular, representante legal o apoderado de la cuenta, pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

5. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta Poder de la persona Jurídica Colectiva autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por escrito en formato de solicitud del trámite o escrito libre ingresado en la Unidad de Oficialía de Partes del Organismo, con los datos del predio, dirigido al Director General para solicitar la reubicación de toma domiciliaria de agua.
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

2. Recibo de pago de derechos de agua del bimestre corriente
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

3. Recibo de pago correspondiente a la reubicación de la toma de agua.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

4. Identificación Oficial del titular, representante legal o apoderado de la cuenta pudiendo ser: Credencial INE, Pasaporte, Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

5. EN CASO DE TRAMITAR UN TERCERO
Además de los solicitado en los puntos anteriores
Poder Notarial o Carta poder en hoja membretada de la Institución autorizando a realizar el trámite, acompañada de copias de las identificaciones oficiales de los que en ella intervienen, pudiendo ser: Credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
SI
1, Simple
Artículo 112 y 118 Fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Municipios.

1.- El Ciudadano Ingresa la solicitud por escrito a través de la Unidad de Oficialía de Partes.
2.- La Unidad de Oficialía de Partes acusa de recibo y turna a la Unidad administrativa correspondiente para su Atención.
3.- La Unidad Administrativa, una vez recibida se canaliza al supervisor para que acuda a realizar una inspección, posteriormente se da atención al volante indicando los metro de manguera que se utilizaran y costo.
4.- El Ciudadano, realiza el pago
5.- La Unidad Administrativa, una vez realizado el pago, procede a realizar la reubicación.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Jaime Alejandro Vences Mejia
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado S.A.P.A.S.A.
Domicilio:
Avenida Océano Pacífico No. Ext. 80 No. Int. , Col. Lomas Lindas, C.P. 52947, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 10-83-67-00 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Oficio de respuesta a petición.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Por qué por la otra calle hay más agua?
Es otra línea de distribución que surte a la calle aledaña a la suya
2. ¿por qué sería necesario reubicar mi toma?
Porque la línea de distribución en la que está conectado ya no cuenta con abasto suficiente para la dotación de su servicio.
3. ¿Cuántos metros me dejas de manguera dentro de mi predio?
De 1 a 2 metros dentro del predio
Fundamento legal:
Artículo 72 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; y
Artículo 107 Fracción IV del Reglamento Orgánico Interno del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Atizapán de Zaragoza, México, conocido como S.A.P.A.S.A
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Primero verificamos de acuerdo a la solicitud y se informa la negativa o la realización del trámite de acuerdo a los recursos del organismo.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Derivado de la falta de suministro y/o falta de presión para dotar del mismo el predio afectado, considerando la infraestructura hidráulica para su prestación y la disponibilidad del agua.
Última actualización:
14/06/2024 11:05 am



Arriba