Gobierno del Estado de México
 

Análisis de agua potable.

Es un servicio que consiste en tomar una muestra de la red de agua o de la fuente de abastecimiento la cual se somete a un análisis fisicoquímico para verificar que ésta cumpla con la calidad de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana Nom-127-SSAI-1994 modificada 2000, para agua de uso y consumo humano.
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Telefono1: ( 55 ) 5558883333
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del Organismo cuando el agua presenta apariencia de posible contaminación.
A solicitud del usuario para llevar a cabo la verificación de la calidad del agua suministrada.
A solicitud del usuario para constatar que la calidad del agua se apega a la NOM-127-SSAI-1994 modificada 2000, para agua de uso y consumo humano.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por Escrito al Ing. Eloy Espinosa Montoya, Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del municipio de Tultitlán, México, que contenga:
a) Nombre peticionario y, en su caso de quien promueva en su nombre:
b) El domicilio para recibir notificaciones, Que deberá estar ubicado en el municipio;
c) Los planteamientos o solicitudes que se hagan;
d) Correo electrónico, para recibir notificaciones y teléfono de contacto.
SI
2, Simple
Artículo 7, 111,115, 1 16 y 1 18 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte o cédula profesional vigente.
SI
1, Simple
Artículo 7, 111,115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Fotos y ubicación de donde se requiera el servicio.
SI
NO
Artículo 7, 111,115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Petición por Escrito al Ing. Eloy Espinosa Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable. Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México, que contenga:
a) Nombre del peticionario y, en su caso de quien promueva en su nombre;
b) El domicilio para recibir notificaciones, Que deberá estar ubicado en el municipio:
c) Los planteamientos o solicitudes que se hagan:
d) Correo electrónico, para recibir notificaciones y teléfono de contacto.
SI
2, Simple
Artículo 7, III, 115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte o cédula profesional vigente
SI
1, Simple
Artículo 7, III, 115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

3. Fotos y ubicación de donde se requiera el servicio.
SI
NO
Artículo 7, III, 115, 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Presentarse ante las oficinas centrales del Organismo (AVENIDA ISIDRO FABELA No. 72a, Barrio Nativitas Municipio de Tultitlan Edo. MEx.) con sus requisitos completos.
Indicar en ventanilla de este Organismo el trámite o servicio que desea realizar.
En su caso ingresara la solicitud del trámite o servicio que requiera o se le remitirá al área responsable quien le recabara sus requisitos y le proporcionara la información adecuada a sus necesidades.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán México
Titular de la unidad administrativa responsable:
Ing. Eloy espinosa Montoya
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Av. Isidro Fabela No. Ext. 72 A No. Int. , Col. Barrio Nativitas, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5558883333 Ext: 119
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: apast@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Informe de resultados del análisis.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El agua de la red es de uso y consumo humano?
Si, por eso se realiza un monitoreo semanal para verificar que el pH y el cloro cumplan con la norma establecida por la secretaria de salud.
2. ¿Cómo se puede saber si el agua es de uso y consumo humano?
Se realizan análisis fisicoquímicos a muestras de agua de todas las fuentes de abastecimiento cada mes o cuando sea requerido por alguna instancia o usuario y los resultados de los parámetros analizados deben de cumplir con lo indicado por la norma oficial mexicana NOM-127-SSAI-1994 modificada 2000.
3. ¿Por qué el agua llega sucia o se presenta un poco de color?
Estos casos se presentan únicamente cuando se deja de suministrar el agua, por ejemplo, por una reparación de la tubería, llega a filtrarse un poco de tierra o sedimentos que poco a poco deben de ir saliendo, hasta normalizarse el servicio con la calidad requerida, otra causa es la falta de limpieza en tinacos y/o cisternas del usuario; si se debiera a otra causa, se detecta después de un análisis fisicoquímico de una muestra de agua.
Fundamento legal:
Artículo 26 fracción I, XII, 34 fracción I, 34 ter, 93 fracción II, de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; Artículo 21 fracción I y II del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios; Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSAI-1994 modificada 2000, para agua de uso y consumo humano; Artículo 59, Fracción 1 a la fracción 1V del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tultitlán, México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que se cumpla con los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del Organismo cuando el agua presenta apariencia de posible contaminación.
A solicitud del usuario para llevar a cabo la verificación de la calidad del agua suministrada.
A solicitud del usuario para constatar que la calidad del agua se apega a la NOM-127-SSAI-1994 modificada 2000, para agua de uso y consumo humano.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
13/12/2022 12:46 pm



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