Gobierno del Estado de México
 

Asignación, baja y reasignación de clave catastral

Servicio que permite identificar, inscribir y registrar los inmuebles ubicados en el municipio, e integrar, controlar y actualizar de manera homogénea el inventario analítico de la propiedad raíz del municipio y agregar al padrón catastral
Plaza Hidalgo No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 54900, Tultitlán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tultitlán
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el propietario o poseedor de un inmueble desea actualizar o corregir los datos del inmueble

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido
SI
NO
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

2. Copia de la identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, Pasaporte, Cedula Profesional), en caso de extranjeros documento migratorio vigente emitido por la autoridad competente.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

3. Documento donde se acredite la propiedad o posesión del inmueble pudiendo ser los siguientes:
a. Escritura pública
b. Contrato privado de compraventa, cesión o donación
c. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
d. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.
e. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
f. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
g. Título certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario
h. Inmatriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

4. Para dar de baja una clave catastral:
a) Fusión de predios. - plano de fusión, autorizado por la autoridad competente.
b) Afectación total del inmueble por la ejecución de obras públicas. - plano de afectación autorizado por autoridad competente.



Nota. deben contener medidas y colindancias, superficie de terreno, indivisos en caso de condominio.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido
SI
NO
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

2. Copia de la identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, Pasaporte, Cedula Profesional), en caso de extranjeros documento migratorio vigente emitido por la autoridad competente.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

3. Documento donde se acredite la propiedad o posesión del inmueble pudiendo ser los siguientes:
a. Escritura pública
b. Contrato privado de compraventa, cesión o donación
c. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
d. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.
e. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
f. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
g. Título certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario
h. Inmatriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

4. Para dar de baja una clave catastral:
a) Fusión de predios. - plano de fusión, autorizado por la autoridad competente.
b) Afectación total del inmueble por la ejecución de obras públicas. - plano de afectación autorizado por autoridad competente.


Nota. deben contener medidas y colindancias, superficie de terreno, indivisos en caso de condominio.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito o en el formato establecido
SI
NO
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

2. Copia de la identificación oficial vigente del propietario o poseedor del inmueble y de la persona autorizada mediante carta poder o representación legal. (INE, Pasaporte, Cedula Profesional), en caso de extranjeros documento migratorio vigente emitido por la autoridad competente.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

3. Documento donde se acredite la propiedad o posesión del inmueble pudiendo ser los siguientes:
a. Escritura pública
b. Contrato privado de compraventa, cesión o donación
c. Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria
d. Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad respectiva y el recibo de pago correspondiente.
e. Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social
f. Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra
g. Título certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el tribunal agrario
h. Inmatriculación administrativa o judicial.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

4. Para dar de baja una clave catastral:
a) Fusión de predios. - plano de fusión, autorizado por la autoridad competente.
b) Afectación total del inmueble por la ejecución de obras públicas. - plano de afectación autorizado por autoridad competente.


Nota. deben contener medidas y colindancias, superficie de terreno, indivisos en caso de condominio.
SI
1, Simple
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC003.

Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral política general ACC005.

Paso 1 El propietario o poseedor se presenta en el área de catastro municipal para manifestar su predio.

Paso 2 El propietario o poseedor entrega documentación requerida para acreditar su propiedad o posesión al área de catastro municipal.

Paso 3 El encargado de atención al público recibe y verifica la documentación requerida e integra expediente y solicita información de la ubicación del predio.

Paso 4 El área de cartografía verifica la información y procede a la asignación, baja y reasignación de clave catastral.
Paso 5 El área de catastro municipal asigna, reasigna o da de baja la clave catastral del predio, con base en la ubicación proporcionada por el propietario o poseedor y la documentación presentada.
Dependencia u organismo:
Municipio Tultitlán
Dirección general:
Tesorería
Unidad administrativa responsable:
Tesorería
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Lilia Gabriela López Andrade
Cargo del titular:
Tesorera
Domicilio:
Plaza Hidalgo No. Ext. 1 No. Int. , Col. Centro, C.P. 54900, Tultitlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5526209000 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: 1154
Correo electrónico: tesoreria@tultitlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación catastral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea (pre-gestion):

30 minuto(s)

1. ¿Quién tiene que firmar la manifestación catastral?
El propietario, poseedor o representante legal
2. ¿Por qué dan de baja las claves?
La principal causa es porque la clave catastral no corresponde a la ubicación correcta de su inmueble.
3. ¿Es obligatorio llevar mi documento con el que acredita la propiedad?
Si, ya que de la información que se encuentra en su documento se toman datos precisos para la identificación del inmueble.
Fundamento legal:
Artículo 171 Fracciones I, II y III, 179 en todas sus Fracciones, 180, 181 y 182 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Apartado II, asignación, baja y reasignación de clave catastral, del Manual Catastral del Estado de México.
Artículo 24, 26 y 27 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, denominado del catastro.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Siempre que cumpla con los requisitos
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado como pre-gestión):
Acuse con folio del trámite
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el propietario o poseedor de un inmueble desea actualizar o corregir los datos del inmueble
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/05/2023 11:35 am



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