Fundamento legal:
Ley General para la prevención y Gestión integral de los residuos sólidos, Artículo 10, fracción X.
Ley orgánica Municipal del estado de México, Capitulo Séptimo, Articulo 125 Fracción II.
Código para la biodiversidad del estado de México, libro cuarto, titulo quinto, capitulo II, Artículo 4,65, capitulo III, articulo 4,48 y 4,70
Código Financiero del estado de México y Municipios Articulo 164
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Por el trasporte del residuos solido generados por industrias, comercios y prestadores de servicios se pagarán con forme a los establecido en el Código financiero del estado de México y Municipios vigente
Se realizara una verificación previa a la realización del trabajo para darle una solución adecuada
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.