Gobierno del Estado de México
 

PERMISO PARA ACTIVIDADES PUBLICITARIAS

Este tramite se refiere a la expedición de permisos para la colocación y/o difusión de cualquier tipo de propaganda, con la que se pretenda dar a conocer actividades comerciales, industriales, sociales y de servicios.
PLAZA HIDALGO No. Ext. 1 No. Int. , Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Costo:
$ 316 pesos.
Adicional:
El costo se establece en función al Código Financiero del Estado de México, en la Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Art. 121
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Acambay
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretende dar a conocer algún producto y/o servicio relacionado con una actividad comercial, educativa, cultural o de esparcimiento e incluso una bolsa de trabajo.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito (especificando fecha, hora, motivo de la publicidad y tipo de propaganda a utilizar)
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

2. Identificación oficial
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

3. Pago de derechos
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito (especificando fecha, hora, motivo de la publicidad y tipo de propaganda a utilizar).
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

2. Documento que acredite la representación legal.
NO
1, Certificada
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

3. Identificación oficial.
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

4. Pago de derechos
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud en hoja membretada (especificando fecha, hora, motivo de la publicidad y tipo de propaganda a utilizar).
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

2. Documento que acredite la representación legal.
NO
1, Certificada
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

3. Identificación oficial del responsable y/o representante
SI
1, Simple
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.

El interesado deberá ingresar la solicitud por escrito vía Oficialía de Partes, o en su caso en la oficina de Gobernación, anexando una copia de su identificación oficial.
El Área de Trámites de Pirotecnia y Publicidad de la Dirección de Gobernación, analiza la documentación, y la envía al Director para que dictamine si se autoriza o no la solicitud. Si el Director considera que es viable, otorgará el permiso correspondiente por escrito; si existiera algún inconveniente y la respuesta fuese negativa, al interesado se le dará a conocer el motivo de la misma.
Al obtener la afirmativa a la solicitud, el Área de Trámites de Pirotecnia y Publicidad de la Dirección de Gobernación, genera la orden de entero y el interesado deberá realizar el pago de derechos, en la Caja de la Tesorería Municipal.
Una vez que el interesado realiza el pago de derechos, entrega copia del recibo de pago y la Dirección de Gobernación entrega el permiso correspondiente.
La Dirección de Gobernación, supervisará que la actividad se desarrolle en las condiciones en las que fue solicitada.
Dependencia u organismo:
Municipio Acambay
Dirección general:
DIRECCIÓN DE GOBERNACIÓN
Unidad administrativa responsable:
DIRECCIÓN DE GOBERNACIÓN
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC. RUBEN JOSAFAT MENDOZA
Cargo del titular:
DIRECTOR
Domicilio:
PLAZA HIDALGO No. Ext. 1 No. Int. , Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Contacto:
Telefono1: ( 718 ) 1010000 Ext: 314
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: gobernacion2019-2021dgj@outlook.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso (autorización por escrito)
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
20 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quiénes realizan este tipo de tramite?
Todas aquellas personas físicas, jurídico colectivas, instituciones educativas e incluso bolsas de trabajo.
2. ¿El tramite puede realizarse el día que se tiene contemplado desarrollar la actividad de publicidad?
No, el tramite requiere un mínimo de ocho días de anticipación al evento.
3. ¿Se pueden colocar lonas publicitarias en el primer cuadro de esta Cabecera Municipal?
No, por el cuidado a la imagen urbana de la misma.
Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México, Sección Cuarta del Impuesto sobre Anuncios Publicitarios, Artículo 121.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Para el caso de aquellos anuncios educativos o culturales que no persigan fines de lucro, el pago quedará exento
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando se pretende dar a conocer algún producto y/o servicio relacionado con una actividad comercial, educativa, cultural o de esparcimiento e incluso una bolsa de trabajo.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/09/2020 10:07 am



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