Gobierno del Estado de México
 

Atención a Denuncias en Materia Ambiental y Maltrato Animal

Consiste en brindarle a la ciudadanía atención a denuncias, cuando existan hechos, actos u omisiones que puedan producir desequilibrio ecológico, daños al ambiente y biodiversidad.
Municipio Libre. No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Telefono1: 59728500
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapaluca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de que la ciudadanía denuncie hechos que atenten contra el equilibrio ecológico afectando al medio ambiente y su biodiversidad.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Denuncia escrita, verbal, por correo y telefónica.
Si se entrega en oficialía debe redactar un oficio dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Maricela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca
Mencionando los siguientes datos:
-Nombre completo del denunciante, número telefónico, dirección, identificación (aunque sea anónima).
-Nombre del denunciante (en caso de no conocerlo la descripción física de la persona)
-Dirección completa
-Entre que calles se encuentra el domicilio.
SI
2, Simple
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

2. Croquis.
SI
1,
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

3. Evidencia fotográfica
SI
NO
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Denuncia escrita, verbal, por correo y telefónica.
Si se entrega en oficialía debe redactar un oficio dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Marisela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca
Mencionando los siguientes datos:
-Nombre completo del denunciante, número telefónico, dirección, identificación (aunque sea anónima).
-Nombre del denunciante (en caso de no conocerlo la descripción física de la persona)
-Dirección completa
-Entre que calles se encuentra el domicilio.
SI
2, Simple
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones. Bando Municipal de Ixtapaluca 2020.
aplicables en la Ley General del Bando Muncipal

2. Croquis
SI
NO
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

3. -Evidencia fotográfica
SI
NO
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Denuncia escrita, verbal, por correo y telefónica.
Si se entrega en oficialía debe redactar un oficio dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Marisela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca
Mencionando los siguientes datos:
-Nombre completo del denunciante, número telefónico, dirección, identificación (aunque sea anónima).
-Nombre del denunciante (en caso de no conocerlo la descripción física de la persona)
-Dirección completa
-Entre que calles se encuentra el domicilio.
SI
2, Simple
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones. Bando Municipal Ixtapaluca 2020

2. Croquis.
SI
NO
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

3. Evidencia fotográfica
SI
NO
Articulo 189,196,199,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.

-Hacer denuncia escrita, verbal, por correo y telefónica.
-Se entrega en oficialía debe redactar un oficio dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Maricela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca Mencionando los siguientes datos: -Nombre completo del denunciante, número telefónico, dirección, identificación (aunque sea anónima). -Nombre del denunciante (en caso de no conocerlo la descripción física de la persona) -Dirección completa -Entre que calles se encuentra el domicilio. -Croquis. -Evidencia fotográfica
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapaluca
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Atencion a Denuncias en Materia Ambiental y Maltrato Animal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Francisco Jonathan Guzmán Narravo
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Municipio Libre. No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 59728500 Ext: 2084
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ecologiaixtapaluca1921@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
Resolución y convenio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿La denuncia es anónima?
sí, es totalmente anónima, al menos que el ciudadano no lo requiera así.
2. ¿Qué actos deben denunciarse?
Acciones que atenten contra el equilibrio ecológico afectando al medio ambiente y su biodiversidad
3. ¿Qué tipo de evidencia se debe presentar?
Fotografías o video en caso de que existan
Fundamento legal:
Artículo 189,196,19,200 y demás relativos y aplicables en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Art.2.290 Código de la Biodiversidad del Estado de México.
Art.144 en todas sus fracciones.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Presentarse en las oficinas de la subdirección de ecología
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En caso de que la ciudadanía denuncie hechos que atenten contra el equilibrio ecológico afectando al medio ambiente y su biodiversidad.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/10/2020 03:44 pm



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