Gobierno del Estado de México
 

Platicas, Cursos y Talleres

Es una herramienta social y educativa que Imparte, platicas, talleres y cursos en los que se sensibilice y capacite a la sociedad, personal del sector educativo, áreas a fines y docentes y a los diferentes niveles educativos, sobre educación ambiental, residuos sólidos, calentamiento global, incendios forestales, maltrato animal, entre otros. Así como planea y organiza eventos y ferias ambientales que promueven una cultura de respeto al medio ambiente.
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapaluca
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el interesado requiera el apoyo para promover la educación ambiental ante grupos de escuelas e instituciones jurídico colectivas ,a través de diversas actividades.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Redactar un oficio de solicitud y talleres de educación ambiental, dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Maricela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca, en el que se redacte la petición:
Debe contener la dirección completa, teléfono y correo electrónico para oír y recibir notificaciones. Así como las características y herramientas con las que cuenta (mesas, sillas, proyector, etc.). Nombre y firma del solicitante.
SI
2, Simple
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

2. Credencial de elector del peticionario
SI
1,
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Redactar un oficio de solicitud y talleres de educación ambiental, dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Marisela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca, en el que se redacte la petición:
Debe contener la dirección completa, teléfono y correo electrónico para oír y recibir notificaciones. Así como las características y herramientas con las que cuenta (mesas, sillas, proyector, etc.). Nombre y firma del solicitante.
SI
2, Simple
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio ecológico y protección al ambiente.

2. Credencial de elector del peticionario
SI
1, Simple
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Redactar un oficio de solicitud y talleres de educación ambiental, dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Marisela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca, en el que se redacte la petición:
Debe contener la dirección completa, teléfono y correo electrónico para oír y recibir notificaciones. Así como las características y herramientas con las que cuenta (mesas, sillas, proyector, etc.). Nombre y firma del solicitante
SI
2, Simple
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

2. Credencial de elector del peticionario
SI
1, Simple
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

1. Redactar un oficio de solicitud y talleres de educación ambiental, dirigido al subdirector de ecología. Ccp. LCDA. Marisela Serrano Hernández Presidenta de Ixtapaluca, en el que se redacte la petición:
Debe contener la dirección completa, teléfono y correo electrónico para oír y recibir notificaciones. Así como las características y herramientas con las que cuenta (mesas, sillas, proyector, etc.). Nombre y firma del solicitante
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapaluca
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Económico
Unidad administrativa responsable:
Coordinacion de Educación y Cultura Ambiental
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Francisco Jonathan Guzmán Navarro
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 59728500 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: 2084
Correo electrónico: ecologiaixtapaluca1921@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
Constancia de participación en las pláticas y talleres.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuánto dura un curso?
Una semana, dependiendo del tema
2. ¿Tiene valor curricular ,la constancia que expiden al finalizar el curso o taller?
No, pero se entrega un constancia de participación
3. ¿Cuál es el número de participantes máximo que se permiten?
No exite límite simpre y cuando cumplan con los requicitos y los medios necesarios para que todos puedan tener el curso de forma adecuada
Fundamento legal:
Titulo primero art.1.2 fracción VI; sección segunda articulo2.18 del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Art.39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Factibilidad ambiental y ecológica en concordancia con las les aplicables. En el tiempo en el que sean cumplidas, todos y cada uno de los requisitos, enunciados en la presente cedula.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el interesado requiera el apoyo para promover la educación ambiental ante grupos de escuelas e instituciones jurídico colectivas ,a través de diversas actividades.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
25/11/2020 02:44 pm



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