Gobierno del Estado de México
 

Traslado de Dominio

Se realiza el cambio de Propietario
(Del Propietario actual del inmueble al Nuevo Propietario del inmueble)
Plaza de la Constitución No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro Atlautla, C.P. 56970, Atlautla, México
 

Costo

Limite Inferior
1
Limite Superior
180,970
Cuota Fija
214
Factor Aplicable
0.01300
Limite Inferior
180,971
Limite Superior
310,474
Cuota Fija
2,353
Factor Aplicable
0.01418
Limite Inferior
310,475
Limite Superior
532,669
Cuota Fija
4,404
Factor Aplicable
0.01542
Limite Inferior
532,670
Limite Superior
913,882
Cuota Fija
8,214
Factor Aplicable
0.01677
Limite Inferior
913,883
Limite Superior
1,567,915
Cuota Fija
15,321
Factor Aplicable
0.01823
Limite Inferior
1,567,916
Limite Superior
2,690,015
Cuota Fija
28,578
Factor Aplicable
0.01982
Limite Inferior
2,690,016
Limite Superior
4,615,162
Cuota Fija
53,306
Factor Aplicable
0.012154
Limite Inferior
4,615,163
Limite Superior
7,918,066
Cuota Fija
99,430
Factor Aplicable
0.02342
Limite Inferior
7,918,067
Limite Superior
13,584,739
Cuota Fija
185,463
Factor Aplicable
0.02547
Limite Inferior
13,584,740
Limite Superior
23,306,845
Cuota Fija
345,936
Factor Aplicable
0.02769
Limite Inferior
23,306,846
Limite Superior
39,999,999
Cuota Fija
645,260
Factor Aplicable
0.03000
Limite Inferior
40,000,000
Limite Superior
En adelante
Cuota Fija
1,200,000
Factor Aplicable
0.03252
Adicional:
El costo del traslado de dominio se calcula en base
Art. 115 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja General de la Presidencia Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlautla
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las personas físicas y/o jurídicas colectivas adquieran inmuebles ubicados en el Municipio de Atlautla

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. - Certificación de no adeudo de derechos de agua potable
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

2. - Certificación de no adeudo predial
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

3. - Certificación de no adeudo de aportación de mejoras
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

4. - Certificación de clave y valor catastral
SI
1, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

5. - Documento que acredite la propiedad del bien inmueble
SI
2, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

6. Antecedente de la Propiedad
SI
2, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

7. Recibo de pago de impuesto predial al corriente
SI
2, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

8. Recibo de pago de traslado de Dominio
SI
2, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

9. - Croquis de la ubicación del predio
SI
2, Simple
Artículo 116 del Código Financiero del Estado de México y Municipios vigente

- La persona física o jurídica colectiva que adquiera algún inmueble ubicado en el Municipio de Atlautla se presentará en el área de predial ubicada en la Presidencia Municipal de Atlautla con toda los requisitos establecidos para poder efectuar el traslado de dominio.
- El servidor público realiza el cálculo del impuesto que se origina de esa adquisición y le informa el importe a pagar.
- La persona física o representante de la persona jurídica colectiva verifica el importe y determina si efectúa el pago, de ser así, se le emite el recibo oficial de pago correspondiente al traslado de dominio del bien inmueble y se realiza su trámite.
- Se procede al llenado del Formato de la Declaración para pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio.
Se ingresa la información correspondientes a los siguientes rubros:
I. Datos del adquiriente
II. Datos del enajenante
III. Datos de la operación
IV. Datos del predio
V. Medidas y colindancias
VI. Datos registrables
VII. Valores y liquidación
Se coloca el nombre del nuevo propietario del inmueble y se le pide firme el formato de traslado de dominio y se le entrega el mismo, quedando al resguardo de tesorería y del área de catastro un formato de traslado de dominio.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlautla
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Departamento de Predial
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. Claudia Socorro Juárez Baz
Cargo del titular:
Jefa de Departamento de Predial
Domicilio:
Plaza de la Constitución No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro Atlautla, C.P. 56970, Atlautla, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 597 97 6 23 60 Ext:
Telefono2: ( ) 5615313058
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: predialatlautla2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Sábado
Resultado o documento a obtener:
- Traslado de Dominio
- Recibo de pago oficial de traslado de dominio
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. 1. ¿Quién debe de realizar el trámite?
Toda aquella persona física o jurídica colectiva que adquiera inmuebles ubicados dentro del Municipio de Atlautla
2. 2. ¿Cuándo se debe de realizar el trámite?
Dentro de los 17 días siguientes a aquel en que se realice cualesquiera de los supuestos de adquisición.
3. 3. ¿Se causa recargos por no realizar el trámite en los tiempos indicados?
Si, después de los 17 días siguientes a aquel en que se realice cualesquiera de los supuestos de adquisición.
Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México y Municipios
Sección segunda del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles
Art. 113 al Art. 117
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando se cumpla con los requisitos
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las personas físicas y/o jurídicas colectivas adquieran inmuebles ubicados en el Municipio de Atlautla
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
09/04/2021 09:28 am



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