Gobierno del Estado de México
 

Asesoría médica general de primer nivel

El proceso de solicitud de asesoría médica dura 8 minutos, el tiempo aproximado de asesoría médica es de 35 minutos.
Se proporciona una asesoría preventiva y de atención médica de primer nivel a la población en general, para dirigir al usuario a otra institución que atienda los servicios de medicina de acuerdo a su domicilio y servicio médico.
Vigilante No. Ext. S/N No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtapaluca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de las y los usuarios que requieran atención médica general de primer nivel y en menores de edad acompañados de sus tutores.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Copia simple y vigente de la Credencial de Elector del usuario.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 124 del Bando Municipal de Ixtapaluca.
Artículo 94 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Ixtapaluca.
- Utilidad. - “realizar asesorías psicológica”.
- Destino. - archivo de Dirección de Salud: archivo, control, respaldo y resguardo de información.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Copia simple y vigente de la Credencial de Elector del usuario.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 124 del Bando Municipal de Ixtapaluca.
Artículo 94 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Ixtapaluca.
- Utilidad. - ?realizar asesorías psicológica?.
- Destino. - archivo de Dirección de Salud: archivo, control, respaldo y resguardo de información.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Copia simple y vigente de la Credencial de Elector del usuario.
NO
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 124 del Bando Municipal de Ixtapaluca.
Artículo 94 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Ixtapaluca.
- Utilidad. - “realizar asesorías psicológica”.
- Destino. - archivo de Dirección de Salud: archivo, control, respaldo y resguardo de información.

Presentar la documentación requerida en las oficinas de la dirección de salud.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtapaluca
Dirección general:
Dirección de Salud
Unidad administrativa responsable:
Coordinación de Psicología
Titular de la unidad administrativa responsable:
Jennifer Benítez Minero
Cargo del titular:
Coordinadora
Domicilio:
Vigilante No. Ext. S/N No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 56530, Ixtapaluca, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 59721472 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: direcciondesasalud5972@hotmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
N/P
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Qué tiempo debe durar una consulta médica general?
20 o 40 minutos de acuerdo al padecimiento del paciente.
2. ¿Existe algún costo por la atención médica?
La atención es totalmente gratuita.
3. ¿La atención médica es para cualquier rango de edad?
Si, la atención médica es general sin distinción de sexo, edad, religión, etc...
Fundamento legal:
Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 1 y 2 de la Ley General de Salud.
Artículo 124 del Bando Municipal de Ixtapaluca.
Articulo 94 Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Ixtapaluca.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Solo se brindara atención médica general de primer nivel, la atención de urgencias, segundo o tercer nivel deberá ser otorgada en las instituciones correspondientes.
Se brindara el servicio a la población de manera general de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de las y los usuarios que requieran atención médica general de primer nivel y en menores de edad acompañados de sus tutores.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
23/02/2021 10:53 am



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