Gobierno del Estado de México
 

Certificación de Pago de Aportaciones de Mejoras Electrónico.

Con el expediente completamente integrado se solicita la Certificación del pago de Aportaciones de Mejoras Electrónico, en el portal de Tlalnepantla de Baz, se recibe en el Departamento de Impuestos Inmobiliarios, previo pago de los derechos correspondientes. A la petición se le asigna un número de folio para su elaboración y una vez autorizada por el Tesorero Municipal se regresa al Módulo para su entrega.
Costo:
$ 224 pesos.
Adicional:
Con la línea de captura se procede a pagar en los centros autorizados.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2021 al 31/01/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito y Cheque.
Lugares de pago:
Bancos, Centros comerciales y Otro.
Otras alternativas:
Tiendas OXXO y en Cajas de Tesorería.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para realizar el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio y a petición del Contribuyente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Recibo de Pago de Impuesto Predial
NO
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Este documento es para corroborar que no hay adeudo en el Impuesto Predial.

2. Identificación del Solicitante.
NO
2, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Este documento es para corroborar que no hay adeudo en el Impuesto Predial.
La identificación oficial es el documento que acompaña la solicitud, la cual debe de corresponder al titular o en su caso apoderado.

3. Previo cotejo para su devolución del documento que acredite la propiedad o la posesión.
NO
1, Certificada
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita la propiedad, la cual se anexa en copia simple y esta debe de ir acompañada de la solicitud de la manifestación para poder dar ingreso a su trámite.

4. Pago de Derechos
NO
1, Simple
3.- Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que sirve para corroborar que ya realizo el pago de derechos.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Pago del Impuesto Predial al corriente.
NO
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Este documento es para corroborar que no hay adeudo en el Impuesto Predial.

2. Acta Constitutiva, Poder Notarial y Carta Poder.
NO
1, Simple
3.- Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita que las personas jurídicas tienen el poder para llevar a cabo el trámite.

3. Documento que acredite la propiedad o la posesión.
NO
1, Certificada
3.- Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Es el documento que acredita la propiedad, la cual se anexa en copia simple y esta debe de ir acompañada de la solicitud de la manifestación para poder dar ingreso a su trámite.

4. Identificación del Apoderado
NO
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
La identificación oficial es el documento que acompaña la solicitud , la cual debe de corresponder al apoderado.

5. Pago de Derechos
Es el documento que refleja el pago de los derechos.
NO
1, Simple
Artículo 104 y 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Este documento es para corroborar que ya se realizo el pago

1.- Ingresa a la Pagina de http://www.tlalnepantla.gob.mx
2.- Llena el formulario, agrega su archivo de firma electrónica.
3.- Adjunta los documentos solicitados en pdf.
4.- Recibe línea de captura
5.- Envía pago de derechos
6.- Recibe Certificación.
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Ricardo Contreras Velázquez
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada, No. Ext. S/N. No. Int. S/N., Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53 66 38 00 Ext: 2195, 2418
Telefono2: ( ) 53 66 39 00
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ricardo.contreras@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificado de Pago de Aportaciones de Mejoras Electrónico.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
25 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea de principio a fin:

1 día(s)

1. ¿Cual es su costo?
$224.00 (Doscientos veinticuatro pesos)
2. ¿Cuales son los requisitos para realizar el trámite?
1-- El documento de propiedad, 2.- Pago del Impuesto predial al corriente, 3.- Copia de la identificación o del apoderado legal, poder del representante legal.
3. ¿En que casos se tramita?
Para acreditar el cumplimiento de obligaciones fiscales o para el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio.
Fundamento legal:
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 95 fracción XVIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, artículo 14 fracción III, 131 fracción I, 134 fracción I, 135 fracción XIV del Reglamento Interno de la Administración Publica de Tlalnepantla de Baz, México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Su trámite procede siempre y cuando su solicitud este acompañada con todos y cada uno de los requisitos solicitados. En caso de no cumplir con los requisitos establecidos se regresa el trámite al contribuyente para que este sea completado.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
Certificado de Pago de Aportaciones de Mejora Electrónico.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Para realizar el pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio y a petición del Contribuyente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
28/05/2021 11:04 am



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