Gobierno del Estado de México
 

Atención de Sugerencias y Reconocimientos

Consiste en la recepción de sugerencias y reconocimientos al servicio público que se ingresan en la Contraloría Municipal por particulares y se relacionan con el desempeño en las actividades del personal que labora en la Administración Pública Municipal Centralizada.
Las Sugerencias ó Reconocimientos se remiten a las Dependencias y Órganos Desconcentrados con el fin de que se tomen en consideración las manifestaciones expresadas para la mejora de un trámite, servicio ó en su caso, el reconocimiento a la atención brindada.
Av. 1 de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En cualquier momento que se considere necesario realizar una sugerencia por parte de la ciudadanía para la mejora de un trámite, un servicio y/o otorgar un reconocimiento por la atención brindada.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Mediante llenado del Formato de Atención de Sugerencias y Reconocimientos (proporcionado en la Contraloría Municipal) o llenado en línea https://vuelizcalli.cizcalli.mx/formato.php ; mediante encuestas de satisfacción; mediante escrito de sugerencia o reconocimiento conteniendo lo siguiente: fecha de elaboración, autoridad a la que se dirige, narración de los hechos, nombre y firma autógrafa o huella digital.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 115, 116, 118, Fracciones I, II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Mediante llenado del Formato de Atención de Sugerencias y Reconocimientos (proporcionado en la Contraloría Municipal) o llenado en línea https://vuelizcalli.cizcalli.mx/formato.php ; mediante encuestas de satisfacción; mediante escrito oficial con la sugerencia o reconocimiento conteniendo lo siguiente: fecha de elaboración, autoridad a la que se dirige, narración de los hechos, nombre y firma autógrafa de la persona autorizada.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 115, 116, 118, Fracciones I, II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Mediante llenado del Formato de Atención de Sugerencias y Reconocimientos (proporcionado en la Contraloría Municipal) o llenado en línea https://vuelizcalli.cizcalli.mx/formato.php ; mediante encuestas de satisfacción; mediante escrito oficial de la institución con la sugerencia o reconocimiento conteniendo lo siguiente: fecha de elaboración, autoridad a la que se dirige, narración de los hechos, nombre y firma autógrafa del directivo ó persona autorizada.
SI
1, Simple
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 115, 116, 118, Fracción I, II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

El ciudadano ingresa Sugerencia o Reconocimiento mediante Formato (proporcionado en la Contraloría Municipal); en línea a través de la Ventanilla Única VUEL del Gobierno Municipal
https://vuelizcalli.cizcalli.mx/formato.php

mediante encuestas de satisfacción; o mediante escrito.
El Ciudadano recibe notificación de que la Sugerencia o Reconocimiento fue remitida por la Contraloría Municipal a la Dependencia ó al Órgano Desconcentrado competente.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Contraloría Municipal
Unidad administrativa responsable:
Contraloría Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Leticia Santana Moronatti
Cargo del titular:
Titular de la Controlaría Municipal
Domicilio:
Av. 1 de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 5864 25 00 Ext: 5502
Telefono2: ( ) 5864 25 67
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: contraloria@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Ninguno, notificación al ciudadano de que la sugerencia o reconocimiento fue remitida a la Dependencia competente.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea (pre-gestion):

15 minuto(s)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿La Contraloría puede intervenir para que se brinden los servicios públicos que hacen falta?
No, la Contraloría conforme a las atribuciones que le confiere la normatividad vigente, da seguimiento a las solicitudes que se han ingresado a las diversas Dependencias y Órganos Desconcentrados Municipales, a fin de verificar que los titulares de las mismas las atiendan, siempre y cuando estas solicitudes ya hayan sido hechas del conocimiento a las áreas correspondientes.
2. ¿Si se sugiere que se mejoren los trámites que se realizan en el municipio, la Contraloría que hace al respecto?
Una vez que se recibió la sugerencia, la Contraloría la remite al Órgano Desconcentrado ó Dependencia correspondiente, para que en el caso de ser viable sea atendida. Cuando la sugerencia es competencia de alguno de los Organismos Descentralizados, se remite la misma al Órgano Interno de Control del Organismo Descentralizado competente para su trámite, atención y seguimiento y de la misma.
3. ¿Qué es un Reconocimiento y para qué sirve?
Es la manifestación de agradecimiento por particulares que se presentan ante la Contraloría Municipal; y se relacionan con las actividades o desempeño del personal de las Dependencias y Órganos Desconcentrados por la atención brindada o servicio recibido.
Fundamento legal:
* Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. * Artículos 2, 3 y 112 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México. * Artículo 34 Fracción XI del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024)
* Artículos 8 Fracción XII y 16 Fracciones I y II del Reglamento Interno de la Contraloría Municipal de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cuando el usuario sugiere propuestas a las actividades o desempeño en el servicio público del personal que labora en las Dependencias y Órganos Desconcentrados de la Administración Pública Municipal; ó queda satisfecho con la prestación del servicio o la atención recibida y quiere manifestar un reconocimiento.
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado como pre-gestión):
Remisión a la Dependencia señalada, para que la misma tome en consideración las manifestaciones del ciudadano.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En cualquier momento que se considere necesario realizar una sugerencia por parte de la ciudadanía para la mejora de un trámite, un servicio y/o otorgar un reconocimiento por la atención brindada.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
15/05/2023 08:21 pm



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