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Asesoría Psicológica impartida por el Instituto Municipal para la Equidad y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli

Se brinda acompañamiento terapéutico a las personas que son víctimas de violencia de género, con el fin de reconocer el tipo de violencia en la que se encuentran, facilitando las herramientas para el fortalecimiento de sus habilidades y empoderamiento.
Avenida de los Planetas No. Ext. Núm. 3 No. Int. , Col. Rincón Colonial, C.P. 54730, Cuautitlán Izcalli, México
Telefono1: ( 55 ) 11130705
Telefono2: 11131993
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de parte o sugerencia de alguna Institución Educativa o de Salud

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La o El Ciudadano realiza un registro dentro de nuestras oficinas para solicitar la Asesoría Psicológica.
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La o El Ciudadano se presenta directamente en las oficinas que actualmente ocupa el Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres (IMEGDEM), ingresando al área de recepción en donde se registrará en la bitácora proporcionando los siguientes datos: Nombre completo, fecha y hora, colonia, teléfono, servicio que solicita y firma. Una vez registrado solicita a la persona de recepción una asesoría psicológica, ella a su vez llamará al personal correspondiente quien será el que la atienda directamente, si no hay disponibilidad de horario se atiende inmediatamente y/o en el caso de tener horario disponible se le agenda, proporcionando una fecha y hora en que se realizará dicha asesoría psicológica.

O bien llamando a los teléfonos del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli 55-11-13-05-07 ó 55-11-13-19-93 para poder agendar o cancelar la asesoría psicológica.

En el caso de agendar una cita para asesoría psicológica, vía telefónica se solicitará la colonia del domicilio de la persona que solicite el servicio, para poder canalizarlo a la cede del Instituto más cercana que son: CDC HERMILA GALINDO ACOSTA ubicado en Calle Delicias No 66 de la Colonia Francisco Villa teléfono: 55-11-13-19-67 y 55-21-27-49-00 y CDC LEONA VICARIO ubicado en Calle Leona Vicario s/n del Pueblo de Santa María Tianguistengo teléfono: 55-51-42-79-58 y 55-59-25-59-83 ambos en Cuautitlán Izcalli.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli IMEGDEM
Unidad administrativa responsable:
Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli IMEGDEM
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtra. Leticia Baca Vázquez
Cargo del titular:
Titular del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli IMEGDEM
Domicilio:
Avenida de los Planetas No. Ext. Núm. 3 No. Int. , Col. Rincón Colonial, C.P. 54730, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 11130705 Ext:
Telefono2: ( ) 11131993
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: imegdem@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
No se entrega ningún tipo de documento
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Se atiende también a hombres?
Si, el servicio es para toda persona que haya sido víctima de violencia de género.
2. ¿Dan terapia de pareja?
No, el servicio está dirigido a personas en situación de Violencia de Género por lo que se trabaja mediante psicoterapia individual.
3. ¿Sólo dan terapias a los casos específicos de violencia?
Sí, siempre y cuando no se requiera de una intervención médica o psiquiátrica, o bien a reserva del médico tratante.
4. ¿Se pueden atender personas de otros municipios?
La atención de primer contacto a personas víctimas de violencia de género se brinda independientemente del municipio de origen de la usuaria o usuario. Posteriormente se realiza la canalización a la instancia correspondiente.
Fundamento legal:
Artículo 1 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Artículo 122 y 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México


Artículos 1, 2, 5 fracciones II, II Y IV; 8 fracción I, 23 fracciones I, II, III, IV, V; 38 fracciones I, II, V, VI Y 50 fracciones III, IV, VI, VII, IX, X de la Ley General de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Artículos 7, 8 y 16 fracción I-V de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Artículos 1, 2 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México

Artículo 5 de la Ley para la Prevención y Atención de la Violencia Familiar en el Estado de México
Artículos 31 fracción XXXII y 164 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Artículos 1, 2, fracción I; 3, fracción I; 5 39 Y 54 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México

Artículos 1, 2, 29 fracción I, II, III, IV, V, VI y 32, fracción IV de la Ley de Igualdad de Trato de Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México.

Artículos 67, 68, del Bando Municipal 2024 de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.

Artículos 22 fracción II inciso a, 53 fracción I, 54, 55, 56 del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México.(2022-2024).

Artículos 5, 6 y 15 fracción I, II, IV y V del Reglamento Interno del Instituto Municipal para la Equidad de Género y el Desarrollo de las Mujeres de Cuautitlán Izcalli.

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belem Do Pará)

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW)
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorga el servicio a toda personas que halla sido víctima de violencia de género o a reserva del médico tratante. No se otorga el servicio en los siguientes casos: terapia de pareja, cuando se requiere de una intervención médica o psiquiátrica.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A petición de parte o sugerencia de alguna Institución Educativa o de Salud
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/03/2024 04:10 pm



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