Gobierno del Estado de México
 

Terapia de Equino en Centro.

Consiste en otorgar terapia en equino a personas con algún tipo de discapacidad para rehabilitar o habilitar alguna función motriz, así como a la población con discapacidad permanente y temporal que se encuentra en estado de vulnerabilidad.
Avenida Adolfo Ruiz Cortines No. Ext. sin número No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. , Atizapán de Zaragoza, México
 

Costo

 
$721.0 en adelante
 
Terapia individual
 
$150.00
 
De $401.0 a $720.0
 
Terapia individual
 
$100.00
 
De $80.0 a $400.0
 
Terapia individual
 
$80.00
Adicional:
Fundamento Jurídico: Acuerdo número 8ªSO/JG/DIFATIZARA/23-04, por el cual se aprueba por Junta de Gobierno el nuevo tabulador de cuotas de recuperación para el ejercicio fiscal 2023, con fundamento en el artículo 19 fracción V del Reglamento Interno del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Atizapán de Zaragoza, Acta de la Octava Sesión Ordinaria de fecha 01 de febrero de 2023.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En caja del Centro de Equinoterapia.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano con alguna discapacidad permanente o temporal lo requiera, siempre y cuando lo autorice el médico rehabilitador.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Agendar cita médica presencial en la Unidad de Rehabilitación correspondiente con el encargado del Centro.
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

2. Presentarse a su cita médica con 10 minutos de anticipación
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

3. Realizar su pago en la caja del Centro de Equino, por el servicio requerido de acuerdo a la tabla de costos.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

4. Para la integración del expediente de ingreso en el Centro y otorgar el servicio predestinado por el médico rehabilitador se requiere lo siguiente: Una fotografía tamaño infantil blanco y negro o a color del paciente.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

5. Acta de nacimiento del paciente.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

6. Cartilla de vacunación (Aplica para menores de 12 años)
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

7. CURP del paciente y del padre, madre o tutor.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

8. Credencial del INE del paciente o del padre, madre o tutor.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

9. Comprobante de domicilio pudiendo ser recibo de luz, agua, predial o teléfono, no mayor a tres meses.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

10. Resumen médico u hoja de alta hospitalaria del paciente.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

11. Estudios de rayos X recientes (solo en caso de contar con ellos).
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

12. Química sanguínea de 6 elementos.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

13. Comprobante reciente de ingresos del padre, madre o tutor.
SI
1, Simple
Artículo 18 y 22 del Reglamento de las Unidades para la Atención de la Discapacidad del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

1. Presentarse en Centro de Equino terapia para agendar una cita.
2. Presentar los documentos requeridos para la integración del expediente.
3. Si cumple con los requisitos, realizar pago por el concepto requerido.
4. Recibir indicaciones y recibir el servicio.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Rodrigo Sánchez de la Peña
Cargo del titular:
Director General
Domicilio:
Avenida Adolfo Ruiz Cortines No. Ext. sin número No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. , Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 91-48-46-01 Ext: 4613
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Otras oficinas que prestan el servicio:
Oficina:
Centro de Equinoterapia y Taller Laboral CISPEDI
Domicilio Cerrada San Luis Potosí No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. México Nuevo,
C.P. 52966, Municipio Atizapán de Zaragoza, México
Municipios que atiende: Atizapán de Zaragoza
Titular de la oficina:
Lic. Carlos Alberto Mendoza Gutiérrez
Teléfonos:
55 58160196
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Terapia de Equinoterapia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Las Terapias son solo para niños o también para los adultos?
Sí, siempre y cuando lo valore y apruebe el Médico Rehabilitador.
2. ¿Se puede dar el servicio aunque no sean residentes del Municipio?
Los servicios y trámites se brindan únicamente a personas con discapacidad permanente o temporal con valoración previa por el Médico Especialista en Rehabilitación sin importar el Municipio o Entidad
3. ¿Cuántas terapias son a la semana?
Una o dos veces a la semana, según lo determine el Médico Especialista en Rehabilitación
Fundamento legal:
Artículos 1, 2, 3, 4 fracción IV, 13 inciso B fracciones I y III, 24 fracción III, 27 fracción X, 167, 168, 169 y 393 de la Ley General de Salud.
Artículos 1, 2, 3, 5 fracción IX, 8, 10 fracciones I y X, 39, así como 41fracción X de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios.
Artículos 1 párrafos primero, cuarto y quinto, 2 fracción V, 3, 4, 6, 7 y Título Segundo, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.
Artículos 109 y 110 del Reglamento Interno del Sistema Municipal DIF Atizapán de Zaragoza.
NOM-004-SSA3-2012 Expediente Clínico.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
? Los servicios y trámites se brindan únicamente a personas con discapacidad permanente o temporal con valoración previa por el Médico Especialista en Rehabilitación y que cumpla con los requisitos establecidos.
? No se brindará el servicio, hasta en tanto se cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos para la integración del expediente del paciente.
? Para pacientes subsecuentes, deberán de acudir con su Carnet para agendar oportunamente su cita, pues en caso contrario, no será posible llevar un registro y control de las mismas.
? Se podrá brindar el servicio, siempre y cuando las condiciones sanitarias derivadas del COVID-19 permitan concretarlo.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano con alguna discapacidad permanente o temporal lo requiera, siempre y cuando lo autorice el médico rehabilitador.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/06/2023 02:20 pm



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