Gobierno del Estado de México
 

Autorización para espectáculos y eventos públicos.

Consiste en otorgar Permisos para la realización de Espectáculos y Eventos públicos a personas físicas y jurídicas colectivas dentro del territorio municipal.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 108.57 pesos.
Adicional:
El impuesto se calculará y determinará de acuerdo con los ingresos percibidos durante el periodo de explotación autorizando, numero de juegos, espectáculos, aforo, horarios, etc. Conforme al Código Financiero del Estado de México y Municipios, basado en el valor de la UMA, ($108.57) y al Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México. Fundamento Jurídico:
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, o jurídico colectiva deseen obtener autorización para la realización de un espectáculo o evento público.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud respectiva, por lo menos por 15 días de anticipación a la fecha en que se pretenda realizar el evento, ante el C. Tesorero Municipal que contendrá:
a) Nombre, razón social y domicilio del solicitante.
b) Tipo de evento que se pretende desarrollar.
c) Ubicación del lugar donde se pretende llevar a cabo la actividad o el evento.
d) Fecha o fechas de horarios pretendidos para la realización del evento.
e) Capacidad del establecimiento o local.
f) precios que se pretenden cobrar.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

2. Visto bueno de Protección Civil.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

3. Visto bueno de Seguridad Pública.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

4. Programa o programas a realizar.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

5. En su caso, el contrato de espectáculo o diversión.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

6. En su caso, el seguro contra riesgos y siniestros que contemple daños a terceros.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

7. En su caso el contrato de arrendamiento del inmueble.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

8. En su caso, plano o croquis del lugar donde se pretende realizar la actividad o evento.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

9. Efectuar el pago de las obligaciones fiscales a la tesorería municipal.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

10. En el caso de espectáculos y diversiones que estén reglamentados por la Federación o el estado, deberá adjuntarse a la solicitud, la autorización correspondiente para obtener la de carácter municipal.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

11. Identificación oficial de quien realice el trámite.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

12. En caso de promover a nombre de otro, presentar Carta Poder firmada ante dos testigos y copia de sus identificaciones.
SI
1,
Artículo 118 fracción 1 del Código de procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 122 fracción 11, 123 y 124 del código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. .- Presentar la solicitud respectiva por lo menos con 15 días de anticipación a la fecha en que se pretenda realizar el evento, ante la subdirección de Normatividad que contendrá:
a) Nombre, razón social y domicilio del solicitante
b) Tipo de evento que se pretende desarrollar.
c) Ubicación del lugar donde se pretende llevar a cabo la actividad o el evento.
d) Fecha o fechas de los horarios pretendidos para la elaboración del evento.
e) Capacidad del establecimiento o local.
f) Precios que se pretenden cobrar.
SI
1,
Artículo 122 fracción II, 123 Y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios

Artículo 122 fracción II, 123 Y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.

Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

2. Visto bueno de protección Civil.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

3. Visto bueno de Seguridad Pública.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

4. Programa o programas a realizar.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

5. En su caso, el contrato de espectáculo o diversión.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

6. En su caso el seguro que contemple los siniestros de daños a terceros.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

7. En su caso, el contrato de arrendamiento del inmueble.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

8. En su caso, plano o croquis del lugar donde se pretende realizar la actividad o evento.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

9. Efectuar el pago de las obligaciones fiscales a la tesorería municipal.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

10. Obtener evaluación técnica de factibilidad de impacto sanitario cuando se trate de eventos públicos con venta de bebidas alcohólicas para su consumo inmediato o al copeo.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

11. En el caso de espectáculos y diversiones que estén reglamentados por la Federación o el estado, deberá adjuntarse a la solicitud, la autorización correspondiente para obtener la de carácter municipal.
SI
1,
Artículos 122, 123 y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículo 126 del Reglamento Municipal del Comercio, la industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, estado de México.


Artículo 14 de la Ley de Eventos Públicos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. NO APLICA
NO APLICA

1. Presentar la solicitud por escrito anexando los documentos solicitados
2. Esperar la autorización de la Subdirección de Normatividad y Verificación
3. Realizar el pago correspondiente
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
7 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Existe algún permiso especial para la venta de bebidas alcohólicas?
Si existe y se cobra del acuerdo al articulo 159, fracción III inciso F y G
2. ¿El pago de derechos es anual?
No, es dentro de los primeros 17 días del mes cuando se haga de manera habitual o diario es por evento de conformidad por el articulo 124 del Código financiero del Estado de México y Municipios.
3. ¿Me piden permiso con hologramas?
No, es un papel con formato con sellos y firmas autógrafas.
Fundamento legal:
Artículo 8, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 118, fracción 1 del Código de procedimientos administrativos del Estado de México.
Artículo 122 fracción 11, 123, y 124 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 49 segundo párrafo del bando Municipal de Atizapán de Zaragoza vigente.
Artículo 6 fracción V, 47 fracción XII, 120, 126, 127 y 128 del Reglamento Municipal del Comercio, la Industria, la Prestación de Servicios, Espectáculos, Anuncios y Vía Pública de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Artículo 14 de le Ley de Eventos Públicos del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Si la solicitud resulta ilegible o bien, se omite a acompañar alguno de los requisitos a que se refiere el presente Reglamento, se apercibirá al peticionario para que en el término de 3 días hábiles a partir del día siguiente en que surta ejemplo la notificación subsane la omisión o aclare el contenido de la solicitud, si el solicitante no lo hiciere se tendrá como no presentada la solicitud.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona física, o jurídico colectiva deseen obtener autorización para la realización de un espectáculo o evento público.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
13/03/2024 10:04 am



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