Gobierno del Estado de México
 

Reposición (Certificación de Copia de Licencia de Funcionamiento)

Consiste en expedir una copia certificada de la Licencia de Funcionamiento.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 0 pesos.
Adicional:
No utilizar tabla art. 314 fracc. II Reglamento Municipal del Comercio, la industria, prestaciones de servicio, espectáculos y vías publicas de Atizapán de Zaragoza, asimismo, de conformidad con el Código Financiero Fundamento Jurídico: Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2022 al 31/12/2022.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular de la Unidad económica extravíe la licencia de funcionamiento o se la hayan robado.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en las oficinas del Centro de Atención Empresarial, solicitando dicho trámite.
SI
NO
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía Vigente. (INE, Pasaporte, o Cédula Profesional),
SI
1,
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Documento con el que acredite su personalidad (Poder Notarial o en su caso carta poder con copias de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular.
SI
1,
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

4. Original y copia para cotejo de la declaración ante la autoridad Administrativa o Judicial competente, en la que se manifieste el extravío o robo de la Licencia de Funcionamiento.
SI
1,
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

5. El pago de derechos.
SI
1,
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentarse en las oficinas del Centro de Atención Empresarial, solicitando dicho trámite.
SI
NO
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente con fotografía Vigente. (INE, Pasaporte, o Cédula Profesional)
SI
1,
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Documento con el que acredite su personalidad (Poder Notarial o en su caso carta poder con copias de identificaciones de quien actúa en ella, si se gestiona a nombre del titular.
SI
1,
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. Original y copia para cotejo de la declaración ante la autoridad Administrativa o Judicial competente, en la que se manifieste el extravío o robo de la Licencia de Funcionamiento.
SI
1,
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. El pago de derechos
SI
1,
Artículo 147 fracción III del Código Financiero del Estado de México y Municipios.


Artículo 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. NO APLICA
NO APLICA

1. Presentar oficios de solicitud con todos los requisitos.
2. Esperar a ser citado en la Subdirección de Normatividad para la Aprobación de trámite.
3. Realizar el pago.
4. Se emite autorización.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Dr. en A.P. José Ortega Ríos
Cargo del titular:
Tesorero Municipal
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: Ext. 2711
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: joseortega@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de Funcionamiento por reposición
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si pierdo mi licencia también pierdo los derechos para ejercer la actividad en ella autorizada?
No, sólo debes de tramitar la reposición.
2. ¿Debo de tramitar una nueva Licencia de Funcionamiento por Apertura si perdí o me robaron la Licencia de Funcionamiento?
No, sólo la reposición.
3. ¿Dónde debo presentar la solicitud y requisitos para obtener la licencia de funcionamiento?
En el Centro de Atención Empresarial.
Fundamento legal:
Artículos 31 fracción XXIV Quinques, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 147 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Artículo 21 fracción III de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
I. Positiva, si cumple con los requisitos solicitados.
II. Negativa, si no se cumple con los criterios señalados.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el titular de la Unidad económica extravíe la licencia de funcionamiento o se la hayan robado.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
17/05/2023 04:14 pm



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