Gobierno del Estado de México
 

Revalidación Registro de Emisiones a la Atmósfera

Consiste en revalidar el Registro de emisiones a la atmósfera a toda fuente fija que cuente con dicho Registro y que se encuentre establecida en el territorio del Municipio de Atizapán de Zaragoza.
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 1115 pesos.
Adicional:
Artículo 92 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los establecimientos comerciales y de servicio considerados como fuentes fijas y de jurisdicción municipal generen emisiones a la atmósfera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, con los datos generales del solicitante, para obtener el Registro de Emisiones a la Atmosfera, pudiéndolo ingresar en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

2. 2Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

3. En caso de representante legal deberá anexar carta poder o poder notarial y copia de identificación oficial del representante legal y de los testigos
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

4. En caso de representante legal deberá anexar carta poder o poder notarial y copia de identificación oficial del representante legal y de los testigos.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Registro de Emisiones a la Atmosfera del año inmediato anterior.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Ubicación y croquis de localización de la fuente fija indicando colindancias.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

7. Diagrama de flujo y descripción detallada del proceso o procesos, límites y actividades, indicando los puntos de emisión de contaminantes y el tipo.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

8. El balance de materiales, materias primas, combustibles, subproductos y productos terminados, señalando su volumen mensual y su clasificación como Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable y Biológico infeccioso. (CRETIB).
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Maquinaria y equipo, indicando en cada uno: nombre, especificaciones técnicas, horas de operación, bases de diseño del equipo de control y memorias de cálculo y croquis o plano de distribución de planta.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

10. Reporte original actual de la medición de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, de cada punto generador de estas emisiones los cuales deberán ser realizados por un prestador de servicios de verificación de emisiones contaminantes a la atmósfera proveniente de fuentes fijas, con registro vigente ante la Secretaría, indicando concentración y la cantidad de contaminantes a la atmósfera en unidades de masa por tiempo
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

11. Equipos o sistemas de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera Indicando especificaciones
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

12. Programa de contingencias, en el formato que la Secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.

NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 11, deberá ser entregada únicamente en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada.
SI
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar la solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, con los datos generales del solicitante, para obtener el Registro de Emisiones a la Atmosfera, pudiéndolo ingresar en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR.
NO
1, Simple
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

3. En caso de representante legal deberá anexar carta poder o poder notarial y copia de identificación oficial del representante legal y de los testigos.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

4. Registro de Emisiones a la Atmosfera del año inmediato anterior
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Ubicación y croquis de localización de la fuente fija indicando colindancias
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Diagrama de flujo y descripción detallada del proceso o procesos, límites y actividades, indicando los puntos de emisión de contaminantes y el tipo.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

7. El balance de materiales, materias primas, combustibles, subproductos y productos terminados, señalando su volumen mensual y su clasificación como Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable y Biológico infeccioso. (CRETIB
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

8. Maquinaria y equipo, indicando en cada uno: nombre, especificaciones técnicas, horas de operación, bases de diseño del equipo de control y memorias de cálculo y croquis o plano de distribución de planta.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Reporte original actual de la medición de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, de cada punto generador de estas emisiones los cuales deberán ser realizados por un prestador de servicios de verificación de emisiones contaminantes a la atmósfera proveniente de fuentes fijas, con registro vigente ante la Secretaría, indicando concentración y la cantidad de contaminantes a la atmósfera en unidades de masa por tiempo.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

10. Equipos o sistemas de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera Indicando especificaciones
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

11. Programa de contingencias, en el formato que la Secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.

NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 6, deberá ser entregada únicamente en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada.
SI
NO
Artículo 257 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9 del Código Administrativo del Estado de México.

Presentar la solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, con los datos generales del solicitante, para obtener el Registro de Emisiones a la Atmosfera, pudiéndolo ingresar en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Cmdt. Héctor Elorriaga Mejía
Cargo del titular:
Coordinador Municipal
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 1001 Ext:
Telefono2: ( ) 3622 8667
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: hectorelorriaga@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Revalidación del Registro de Emisiones a la Atmosfera.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿ Me devuelven mis Estudios de Laboratorio Originales o se quedan con ellos?
Los originales de cualquier documento que se presente se devuelven.
2. ¿ Que vigencia tienen los estudios de Laboratorio de Emisiones a la Atmósfera ?
Tienen vigencia de tres meses.
3. ¿Cada vez que revalide tengo que volver a pagar el trámite?
Si en cada revalidación se tiene que hacer el pago del Registro.
Fundamento legal:
Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos: Artículos 8, 14, 16 y 115 fracción II inciso a), y fracción III inciso i);
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente: Artículo 8 fracción III.

Norma Oficial Mexicana número NOM-085-SEMARNAT-2011, Contaminación atmosférica-Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición.

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: Artículos: 122, 123 y 125.

Código para la Biodiversidad del Estado de México: Artículos: 1.5, 1.6 fracciones I, XI y XII, 1.7, 2.140, 2.141, 2.142, 2.145, 2.148, 2.149 fracciones III, IV y V.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México artículos: 1, 2, 3, 31 fracciones IX y XXIII, 86 y 96.

Código de Administrativo del Estado de México: Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9.

Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México: Artículos: 1, 5 fracciones III, XII y XVII, 251 fracción II, 253 fracción I y 254.

Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza 2022-2024:
Artículos 13, 21 fracción I numeral I.XIV, 84, 85, 86 y 87 Fracción IV, numera IV,III.

Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza 2022: Artículos I, 34 fracción X, 62, 92 Fracciones I, VI y VII y,94 Fracciones I y VII.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se dará trámite a la solicitud que incumpla con alguno de los requisitos estipulados en el presente formato y no se otorgará el registro solicitado
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los establecimientos comerciales y de servicio considerados como fuentes fijas y de jurisdicción municipal generen emisiones a la atmósfera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/10/2022 01:01 pm



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