Gobierno del Estado de México
 

Registro y/o Revalidación de Emisiones a la Atmósfera

Consiste en otorgar el Registro y/o Revalidación de Emisiones a la Atmósfera de Fuentes Fijas a las personas físicas o jurídico colectivas que les aplique por apertura o que ya se encuentren funcionando con antelación, establecidas en el territorio del Municipio de Atizapán de Zaragoza.
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 1182 pesos.
Adicional:
Artículo 92 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Permanente.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los establecimientos comerciales y de servicio considerados como fuentes fijas de jurisdicción municipal generen emisiones a la atmósfera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. La solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, para obtener el Registro o la Revalidación del Registro de Emisiones a la Atmósfera, pudiéndolo ingresar en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza; solicitud que debe contener los siguientes datos:
a) Nombre y firma autógrafa del promovente.
b) Nombre y dirección de la unidad económica.
c) Folio del registro a revalidar (en el caso de revalidación.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Constancia de Situación Fiscal.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. En caso de representante legal deberá anexar carta poder con copia simple de identificación oficial de quien otorga y quien recibe el poder, así como de dos testigos.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Ubicación y croquis de localización de la fuente fija indicando colindancias.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Diagrama de flujo y descripción detallada del proceso o procesos, límites y actividades, indicando los puntos de emisión de contaminantes y el tipo.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Estudio conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-084-SEMARNAT-1994 (Para COMBUSTIÓN), o NOM-043-SEMARNAT-2011 (Para PARTÍCULAS); que en su integración contemple lo siguiente:

a) El balance de materiales, materias primas, combustibles, subproductos y productos terminados, señalando su volumen mensual y su clasificación como Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable y Biológico infeccioso. (CRETIB).

b) Relación de la maquinaria y equipo, indicando en cada uno: nombre, especificaciones técnicas, horas de operación, bases de diseño del equipo de control y memorias de cálculo y croquis o plano de distribución de planta.
c) Reporte original actual de la medición de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, de cada punto generador de estas emisiones los cuales deberán ser realizados por un prestador de servicios de verificación de emisiones contaminantes a la atmósfera proveniente de fuentes fijas, con registro vigente ante la Secretaría, indicando concentración y la cantidad de contaminantes a la atmósfera en unidades de masa por tiempo.
d) Relación de equipos o sistemas de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera Indicando especificaciones.
e) Dichos estudios deberán ser emitidos por un laboratorio o empresa acreditada por la EMA A. C. (Entidad Mexicana de Acreditación)
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

8. Programa de contingencias, en el formato que la Secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

9. Registro de Emisiones a la Atmósfera de Fuentes Fijas del año inmediato anterior a su solicitud (en caso de solicitar revalidación).
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

10. Una vez entregada toda la documentación se expedirá un Formato de Orden de Pago, en las Oficinas de la Subdirección de Medio Ambiente esto para realizar el pago en las cajas de la Tesorería Municipal.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

11. Presentar copia simple del recibo de pago para la expedición y entrega del Registro y/o Revalidación.
NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 9, podrá ser entregada también en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Presentar solicitud mediante escrito libre dirigido al Coordinador Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente, para obtener el Registro o la Revalidación del Registro de Emisiones a la Atmósfera, pudiéndolo ingresar en las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del Ayuntamiento de Atizapán de Zaragoza; solicitud que debe contener los siguientes datos:
a) Nombre y firma autógrafa del promovente.
b) Nombre y dirección de la Unidad Económica.
c)Folio del registro a revalidar (en el caso de revalidación).
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Constancia de Situación Fiscal.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

3. Identificación oficial vigente del peticionario pudiendo ser IFE, INE, PASAPORTE, CARTILLA DEL SERVICIO MILITAR
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

4. En caso de representante legal deberá anexar poder notarial o carta poder con copia simple de identificación oficial de quien otorga y quien recibe el poder, así como de dos testigos.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

5. Acta Constitutiva de la persona jurídico colectiva.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

6. Ubicación y croquis de localización de la fuente fija indicando colindancias
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

7. Diagrama de flujo y descripción detallada del proceso o procesos, límites y actividades, indicando los puntos de emisión de contaminantes y el tipo.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

8. Estudio conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-084-SEMARNAT-1994 (Para COMBUSTIÓN), o NOM-043-SEMARNAT-2011 (Para PARTÍCULAS); que en su integración contemple lo siguiente:

a) El balance de materiales, materias primas, combustibles, subproductos y productos terminados, señalando su volumen mensual y su clasificación como Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable y Biológico infeccioso. (CRETIB).
b) Relación de la maquinaria y equipo, indicando en cada uno: nombre, especificaciones técnicas, horas de operación, bases de diseño del equipo de control y memorias de cálculo y croquis o plano de distribución de planta.
c) Reporte original actual de la medición de sus emisiones contaminantes a la atmósfera, de cada punto generador de estas emisiones los cuales deberán ser realizados por un prestador de servicios de verificación de emisiones contaminantes a la atmósfera proveniente de fuentes fijas, con registro vigente ante la Secretaría, indicando concentración y la cantidad de contaminantes a la atmósfera en unidades de masa por tiempo.
d) Equipos o sistemas de control de las emisiones contaminantes a la atmósfera Indicando especificaciones.
e) Programa de contingencias, en el formato que la Secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.
f) Dichos estudios deberán ser emitidos por un laboratorio o empresa acreditada por la EMA A. C. (Entidad Mexicana de Acreditación).
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

9. 9. Programa de contingencias, en el formato que la Secretaría determine, que incluya las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de contaminantes extraordinarias no controladas, o de cualquier emergencia al interior de la empresa, que pudiera originar un aumento en la emisión de contaminantes a la atmósfera.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

10. Registro del año inmediato anterior a su solicitud (en caso de solicitar revalidación).
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

11. Una vez entregada toda la documentación se expedirá un Formato de Orden de Pago, en Las oficinas de la Subdirección de Medio Ambiente, esto para realizar el pago en las cajas de la Tesorería Municipal.
SI
NO
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

12. Presentar copia simple del Recibo de Pago para la expedición y/o Revaluación del Registro.

NOTA: Toda la documentación referente a los puntos 2 al 10, Podrá ser entregada también en formato digital .PDF (escaneada), en memoria USB y/o Disco Compacto; como anexo integrado a la solicitud presentada.
NO
1, Simple
Artículos 116 y 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

1.- Presentar solicitud de petición por escrito en las oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente o en la Oficialía Común de Partes del H. Ayuntamiento, anexando la documentación requerida.
2.- Ingresar documentación requerida y recibir orden de pago.
3.- Realizar pago en las cajas de la Tesorería Municipal.
4.- Recibir Registro y/o Revalidación de Emisiones a la Atmósfera
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
Cmdt. Héctor Elorriaga Mejía
Cargo del titular:
Coordinador Municipal
Domicilio:
Municipio Libre No. Ext. 3 No. Int. , Col. Lomas de Atizapán, C.P. 52977, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 1001 Ext:
Telefono2: ( ) 3622 8667
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: hectorelorriaga@atizapan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Registro y/o Revalidación de Emisiones a la Atmósfera.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Quién me realiza los estudios de emisiones a la atmósfera?
Deberán ser realizados por laboratorios que cuenten con registro vigente ante la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México.
2. ¿El registro de emisiones a la atmósfera que me entregan, también es carácter federal o estatal?
No, es únicamente de carácter municipal y no sustituye a ninguno que se tenga que realizar ante el Estado de México o la Federación
3. ¿ Qué puedo hacer si pasa más del tiempo que me indicaron y no recibo una respuesta ?
Puede acudir a las Oficinas de la Coordinación Municipal de Protección Civil, Bomberos y Medio Ambiente.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos 8, 14, 16 y 115 fracción II inciso a), y fracción III inciso i);
Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente: Artículo 8 fracción III;
Norma Oficial Mexicana número NOM-085-SEMARNAT-2011, Contaminación atmosférica-Niveles máximos permisibles de emisión de los equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: Artículos: 122, 123 y 125;
Código para la Biodiversidad del Estado de México: Artículos: 1.5, 1.6 fracciones I, XI y XII, 1.7, 2.140, 2.141, 2.142, 2.145, 2.148, 2.149 fracciones III, IV y V.
Ley Orgánica Municipal del Estado de México Artículos: 1, 2, 3, 31 fracciones IX y XXIII, 86 y 96.
Código de Administrativo del Estado de México: Artículos 1.5 fracción III, 1.7, 1.8 y 1.9;
Reglamento Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México: Artículos: 1, 5 fracciones III, XII y XVII, 251 fracción II, 253 fracción I y 254.
Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza: Artículos 13, 21 fracción I numeral I.XIV, 84, 85, 86 y 87 fracción lV, numera lV.ll.
Bando Municipal de Atizapán de Zaragoza 2023: Artículos 34 fracción X y 92 fracciones l y Vll.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
No se dará trámite a la solicitud que incumpla con alguno de los requisitos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los establecimientos comerciales y de servicio considerados como fuentes fijas de jurisdicción municipal generen emisiones a la atmósfera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
26/06/2023 02:43 pm



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