Gobierno del Estado de México
 

Certificación de Plano Manzanero.

Consiste en expedir la certificación de plano manzanero y datos que obren en el padrón catastral.
Av. Primero de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Costo:
$ 271 pesos.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/01/2025.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En las cajas de la Tesorería Municipal, con cheque certificado de caja a nombre del Municipio de Cuautitlán Izcalli.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Cuautitlán Izcalli
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente lo solicita

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar y firmar el Formato Único de Trámites y
Servicios.
SI
1, Simple
Artículos 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 115, 116, 118 y 119 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; 166 y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 21 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro"; y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Políticas Generales ACGC001 y ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble: Escritura Pública, Contrato privado de compra venta, cesión o donación, Sentencia de autoridad judicial con ejecutoria, Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y en el recibo de pago correspondiente, Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social, Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de tenencia de la tierra, Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como la sentencia emitida por el tribunal agrario, In matriculación administrativa o judicial o demás documentación requerida, según sea el caso, para la prestación del tramite o servicio catastral.
SI
1, Simple
Artículo 21 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro"; y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

3. Identificación Oficial Vigente del propietario
poseedor del inmueble.
NO
1, Simple
Artículos 2.5 Bis fracciones II y III del Código Civil del Estado de México, 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

4. En caso que el trámite lo realice un tercero,
presentar carta poder con copias de identificaciones del otorgante, del que acepta el poder y de 2 testigos.
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007.

5. Recibo de pago de impuesto predial del año corriente.
NO
1, Simple
Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México, de conformidad con el Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Manual Catastral del Estado de México, publicado por la Secretaria de Finanzas, a través del Periódico Oficial Gaceta de Gobierno y Legistel el día miércoles 23 de marzo del año 2022.

6. Croquis de ubicación impreso de Google maps
(vista satélital), toma cercana, marcando el
perímetro que ocupa el inmueble, especificando
distancia en metros de la esquina mas cercana a la
propiedad.
SI
NO
Artículos 171 fracción XII del Código Financiero del Estado de México y Municipios y 19 del
Reglamento del Titulo Quinto del Código Financiero
del Estado de México y Municipios denominado
"Del Catastro"

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Llenar y firmar el Formato Único de Trámites y
Servicios.
SI
1, Simple
Artículos 8 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 115, 116, 118, 119,
120, 121 y 122 del Código de Procedimientos
Administrativos del Estado de México; 173 del
Código Financiero del Estado de México y
Municipios ; 21 del Reglamento del Titulo Quinto
del Código Financiero del Estado de México y
Municipios denominado "Del Catastro" y Apartado I
numeral 1.3., politicas generales ACGC001,
ACGC004 y ACGC006 del Manual Catastral del Estado de México

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble: Escritura Pública, Contrato privado de compra ? venta, cesión o donación, Sentencia de autoridad judicial con ejecutoria, Manifestación de adquisición de inmuebles u otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por la autoridad fiscal respectiva y en el recibo de pago correspondiente, Acta de entrega cuando se trate de inmuebles de interés social, Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de tenencia de la tierra, Titulo, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes, así como la sentencia emitida por el tribunal agrario, In matriculación administrativa o judicial o demás documentación requerida, según sea el caso, para la prestación del tramite o servicio catastral.
SI
1, Simple
Artículo 21 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro"; y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México del Manual Catastral del Estado de México.

3. Croquis de ubicación impreso de Google Maps a color (vista satelital) toma cercana, marcando perímetro que ocupa el inmueble, especificando distancia en metros de la esquina más cercana a la propiedad.
SI
NO
Artículos 171 fracción XII del Código Financiero del Estado de México y Municipios y 1 9 del Reglamento del Titulo Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro"

4. Identificación Oficial Vigente del propietario
poseedor del inmueble."
NO
1, Simple
Artículos 2.5 Bis fracciones II y III del Código Civil del Estado de México, 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México.

5. En caso que el trámite lo realice un tercero,
presentar carta poder con copias de identificaciones del otorgante, del que acepta el poder y de 2 testigos."
SI
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007.

6. Recibo de pago de impuesto predial del año corriente.
NO
1, Simple
Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 del Manual Catastral del Estado de México, de conformidad con el Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Manual Catastral del Estado de México, publicado por la Secretaria de Finanzas, a través del Periódico Oficial Gaceta de Gobierno y Legistel el día miércoles 23 de marzo del año 2022.

7. Acta Constitutiva y Poder Notarial.
NO
1, Simple
Artículo 118 fracción I del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México y Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Política General ACGC004 y ACGC007 del Manual Catastral del Estado de México.

En la Ventilla de atención al contribuyente se recibe la solicitud del trámite correspondiente con los requisitos señalados.
El Personal de la ventanilla, revisa los documentos y se integran a un folio que se le asigna y pasan al área de catastro.
Se elaborará la orden de pago por el costo del producto solicitado de acuerdo a la tarifa vigente
El solicitante deberá traer original y copia del pago, y se entregará al usuario el acuse de recibo de la solicitud del servicio catastral.
Emite la información solicitante en los documentos oficiales en los formatos establecidos para el servicio solicitado.
Entregar al solicitante los documentos oficiales emitidos.
Dependencia u organismo:
Municipio Cuautitlán Izcalli
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Ricardo Santos Arreola
Cargo del titular:
Titular de la Tesorería Municipal
Domicilio:
Av. Primero de Mayo No. Ext. 100 No. Int. s/n, Col. Centro Urbano, C.P. 54700, Cuautitlán Izcalli, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58640970 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: tesoreria.municipal@cizcalli.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificado de Plano Manzanero.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
45 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿La Carta Poder debe ser notariada o simple?
Carta Poder simple.
2. ¿Dónde puedo imprimir el Croquis de Ubicación?
Se puede imprimir en cualquier internet.
3. ¿La impresión de las fotografías debe ser a color o blanco y negro?
Es indiferente, lo importante es que sea clara
Fundamento legal:
Artículos 2.5 Bis fracciones II y III del Código Civil del Estado de México.
Artículos 11, 24, 25, 26, 26 bis, 27, 28, 116, 118, 119, 120, 121, 122 y 135 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Artículos 48 fracciones VI, XIII, XIX, 166 fracción III, 171 fracciones XII, XVII, XVIII y 173 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

Artículos 5 fracción I, 19, 21, 22 fracción II, inciso c) y 23 del Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios denominado "Del Catastro".

Apartado I. Atención al público y control de gestión para la prestación y generación de productos catastrales, 1.3. Políticas Generales ACGC001, ACGC003, ACGC004, ACGC005, ACGC007, y ACGC014 del Manual Catastral del Estado de México.

Artículos 21, 22 fracción I., inciso b), 25, 26 fracción I, III, XXII, XXV y XXVI, 31 fracción I, inciso d., 32 fracciones II, III, VII, IX, XXXVIII, XLIII y XLVI del Reglamento de Organización Interna de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. (2022-2024), aprobado por el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli en fecha 08 de agosto de 2022, y publicado en Gaceta Municipal número 082 el día martes 16 de agosto de 2022.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Sin el recibo del pago de derechos no se formaliza el trámite, previa comprobación de la existencia del Plano Manzanero correspondiente. Contar físicamente con el plano en el Padrón Catastral para su certificación y agilizar el trámite correspondiente.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el contribuyente lo solicita
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
21/02/2024 01:48 pm



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