Gobierno del Estado de México
 

Obtención de la revalidación del permiso de Descarga de Agua Residual.

Las empresas deberán renovar cada año su permiso.
Avenida Texcoco Esquina Calle Magdalena No. Ext. 2 No. Int. , Col. Valle de Los Reyes, C.P. 56430, La Paz, México
Costo:
$ 5580.76 pesos.
Adicional:
Artículo 130 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
La Paz
Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se debe verificar que vallan al corriente las empresas y tengan factibilidad para obtener dicho permiso.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito en papel membretado de solicitud de trámite, dirigida al Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio La Paz, Estado de México, la cual deberá describir el tipo de trámite a realizar renovación del permiso de descargas de agua residuales.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

2. Último recibo de pago de agua potable y/o tratada (en su caso) del año 2022.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

3. Análisis reciente (con una vigencia no mayor a tres meses de haberse realizado) fisicoquímico y bacteriológico (en original con hojas de campo que contengan el croquis de ubicación del punto de muestreo) por cada una de las descargas; realizadas por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de acreditación A.C. (EMA) y asimismo que cuente con el registro vigente ante la Red de laboratorios Ambientales del Estado de México y Querétaro.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

4. Carta poder y copia de la identificación oficial de la persona que realiza el trámite.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

5. Constancia legal respecto de la fuente de abastecimiento de agua potable.
Lo anterior deberá ser presentado en un solo tomo con separadores, señalado cada punto del mismo.
Así mismo, deberá anexar copias de los anteriores pagos de permisos de descargas de agua residuales, suministro de agua y pago por servicios de drenaje, de no contar con los mismos, deberá regularizar su situación con el organismo.
***Nota adicional. - Se deberá contar con expediente integrado en la Dirección Jurídica.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito en papel membretado de solicitud de trámite, dirigida al Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio La Paz, Estado de México, la cual deberá describir el tipo de trámite a realizar renovación del permiso de descargas de agua residuales.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

2. Último recibo de pago de agua potable y/o tratada (en su caso) del año 2022.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

3. Análisis reciente (con una vigencia no mayor a tres meses de haberse realizado) fisicoquímico y bacteriológico (en original con hojas de campo que contengan el croquis de ubicación del punto de muestreo) por cada una de las descargas; realizadas por un laboratorio acreditado por la Entidad Mexicana de acreditación A.C. (EMA) y asimismo que cuente con el registro vigente ante la Red de laboratorios Ambientales del Estado de México y Querétaro.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

4. Carta poder y copia de la identificación oficial de la persona que realiza el trámite.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

5. Constancia legal respecto de la fuente de abastecimiento de agua potable.
Lo anterior deberá ser presentado en un solo tomo con separadores, señalado cada punto del mismo.
Asimismo deberá anexar copias de los anteriores pagos de permisos de descargas de agua residuales, suministro de agua y pago por servicios de drenaje, de no contar con los mismos, deberá regularizar su situación con el organismo.
***Nota adicional.- Se deberá contar con expediente integrado en la Dirección Jurídica.
SI
1, Simple
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.

1. Acude el representante de la empresa a la Dirección Jurídica.
2. El personal Administrativo busca su expediente en el Archivo Jurídico.
3. Se le entrega la orden de pago.
4. Se entrega el permiso.
Dependencia u organismo:
Municipio La Paz
Unidad administrativa responsable:
Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento."OPDAPAS"
Titular de la unidad administrativa responsable:
Juan Jose Cerda Ceron
Cargo del titular:
Director del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento. "OPDAPAS"
Domicilio:
Avenida Texcoco Esquina Calle Magdalena No. Ext. 2 No. Int. , Col. Valle de Los Reyes, C.P. 56430, La Paz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 58567407 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 8:00 a 15:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Permiso de Descargas de Agua Residual.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Ejercicio fiscal vigente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuánto tiempo es vigente el permiso?
1 año
2. ¿Qué días están ofreciendo el servicio?
Lunes a viernes.
3. ¿En qué horario se encuentran?
De 8:00 a 15:00 horas.
Fundamento legal:
Artículo 143 al 149 y 256 del Reglamento del Agua para el Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se verifica que tengan factibilidad.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Se debe verificar que vallan al corriente las empresas y tengan factibilidad para obtener dicho permiso.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
05/09/2023 03:38 pm



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