Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Uso de Suelo

Consiste en expedir un documento que tiene por objeto autorizar las normas de aprovechamiento y uso de suelo para un predio o inmueble determinado tales como: el coeficiente de ocupación del suelo, el coeficiente de utilización, la altura máxima de edificación, el número de cajones de estacionamiento, además de señalar las restricciones correspondientes del Plan Municipal de Desarrollo Urbano correspondiente:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Costo:
$ 1037.4 pesos.
Adicional:
Artículo 144 fracción XII del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
10.00 veces el valor de la UMA vigente (Unidad de Medida y Actualización) Vigencia Anual.
25.00 veces el valor de la UMA vigente (Unidad de Medida y Actualización) Inspección de campo.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito, Tarjeta de Débito, Transferencia y Cheque.
Lugares de pago:
En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal Del Ayuntamiento.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los interesados deseen conocer los usos del suelo, la densidad de vivienda, el coeficiente de ocupación del suelo y la altura de edificación y las restricciones de índole federal, estatal y municipal que para un predio o inmueble determinado; así mismo para la obtención de la Licencia de Construcción, Licencia de Funcionamiento o Dictamen de Giro (según sea el caso)

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Acta constitutiva de la empresa, así como poder notarial.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Evaluación de impacto estatal vigente (en su caso) previstos en el artículo 5.35 del Código Administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato único de solicitud debidamente requisitado y firmado por el propietario.
SI
NO
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante, (en caso de no gestionar en nombre propio deberán adjuntar carta poder).
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

4. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Evaluación de impacto estatal vigente (en su caso) previstos en el artículo 5.35 del Código Administrativo del Estado de México.
SI
1, Simple
Artículo 8 Fracción I y II, Art. 136 Fracción I del Reglamento Libro quinto del Código Administrativo del Estado de México.

1.- Asistir a las oficinas de esta Dirección con la documentación solicitada en el formato único.
2.-Ingresar la documentación requerida en las oficinas de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para su revisión.
3.- Si cumple lo establecido se generara la orden de pago.
4.- Realizar el pago correspondiente ante la tesorería municipal y regresa a la oficina auxiliar con dicho pago.
5.- Se entrega el documento al ciudadano y se dará por concluido el trámite.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. José Ramón Jarquin Rodríguez
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 3622 28 00 Ext: 2936
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de uso de suelo.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Existe algún tipo de descuento para pago de derechos?
Al ser un impuesto establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, deben cubrirse completos los pagos
2. ¿Obteniendo la licencia de uso de suelo, puedo abrir un negocio propio?
La Licencia de Uso de Suelo no constituirá autorización alguna para empezar una actividad comercial, por lo que obtenerla, no exime de tramitar las autorizaciones correspondientes ante las dependencias correspondientes.
3. ¿Puedo hacer mis tramites vía internet?
Si, se cuenta con un portal de internet el cual facilita el trámite.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 8, 14,16y 115 fracciones II, V, inciso a y b..
Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México: artículos 5.1, 5.2 fracciones I y II incisos b y d, 5.3 fracciones II, III, IX, X, XX, XXI, XXIX, 5.6, 5.7, 5.10, fracciones VI, VIII y IX, 5.24, 5.25 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII Y IX, 5.26 fracción X, 5.55 y 5.56.
Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México: artículo 1,3 132, 133,134. Libro décimo octavo 18.35, 18.41
Plan Municipal de Desarrollo Urbano, Gaceta de Gobierno no. 121 de fecha 26 de junio del 2003.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículo 144 fracción VIII del título cuarto, capitulo segundo.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Tendrá por objeto autorizar las normas para el uso y aprovechamiento del uso de suelo establecidas en el plan municipal de desarrollo urbano aplicable; no se requerirá de licencia de uso del suelo para lotes resultantes de conjuntos urbanos, subdivisiones o condominios autorizados, siempre y cuando el uso y aprovechamiento de los mismos hayan quedado comprendido en la autorización respectiva.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando los interesados deseen conocer los usos del suelo, la densidad de vivienda, el coeficiente de ocupación del suelo y la altura de edificación y las restricciones de índole federal, estatal y municipal que para un predio o inmueble determinado; así mismo para la obtención de la Licencia de Construcción, Licencia de Funcionamiento o Dictamen de Giro (según sea el caso)
Última actualización:
16/06/2023 11:57 am



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