Gobierno del Estado de México
 

Licencia de Construcción para barda

Otorgar a la ciudadanía la autorización para llevar a cabo la construcción de bardas con la finalidad de delimitar sus predios entre sí, con sus colindantes o con la vialidad pública.
Av. Libertad No. Ext. 425 Oriente No. Int. , Col. Colonia del Campesino, C.P. 52243, Chapultepec, México
Telefono1: ( 722 ) 9435325
Costo:
$ 7.05 pesos.
Adicional:
El costo es por metro cuadrado, Fundamento jurídico: artículo 144 fracción II inciso d) del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2023 al 31/01/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En Caja de Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chapultepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de todo ciudadano que desee construir una barda para delimitar sus predios.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad (en caso de propiedad privada: contrato privado de compra-venta, inmatriculación, sentencia que cause ejecutoria, escritura pública), (en caso de ejido: cesión de derechos, certificado de derechos agrarios).
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

2. Recibo predial actualizado (en su caso) pago del agua actualizado.
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

3. Identificación Oficial
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

4. En caso de no ser el titular del bien inmueble carta poder (identificación del gestor y del titular, original y copia).
SI
NO
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad (contrato privado de compra-venta, inmatriculación, sentencia que cause ejecutoria, escritura pública)
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

2. Acta constitutiva que conste en escritura pública.
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

3. Carta poder o poder notarial
SI
NO
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

4. Predial actualizado, pago de agua actualizado
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

5. Identificación Oficial del Gestor
SI
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad (contrato privado de compra-venta, inmatriculación, sentencia que cause ejecutoria, escritura pública)
NO
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

2. Oficio de Solicitud
SI
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

3. Identificación oficial del gestor
SI
1, Simple
Artículos; 5.10 del Código Administrativo para el Estado de México; 8 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

1. Presentar todos los requisitos en las oficinas de la Dirección de Desarrollo Urbano
2. Llenar solicitud, de ser necesario se realiza la verificación al momento
3. Se elabora y se entrega orden para su pago en caja de Presidencia Municipal
4. Se devuelve el comprobante de pago para su seguimiento y elaboración del documento oficial
5. Después de la notificación vía telefónica, presentar comprobante de pago para entrega de su documento, revisar si los datos son correctos y firmar de recepción señalando fecha y quien recibe
Dependencia u organismo:
Municipio Chapultepec
Dirección general:
Desarrollo Urbano
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano
Titular de la unidad administrativa responsable:
Berenice Perez Patiño
Cargo del titular:
Directora
Domicilio:
Av. Libertad No. Ext. 425 Oriente No. Int. , Col. Colonia del Campesino, C.P. 52243, Chapultepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 9435325 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: dduchapultepec@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Licencia de construcción para barda.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
Duración del trámite o servicio:
40 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Tipo de construcciones que no requieren licencia de construcción?
Las señaladas por el artículo 18.24 del libro décimo octavo del Código Administrativo para el Estado de México vigente.
2. ¿Se requieren planos o dibujo arquitectónico?
No se requieren planos, sin embargo para mayor referencia se puede anexar un dibujo arquitectónico de lo que se va a construir.
3. ¿Es fundamental la licencia Estatal de uso de suelo?
No se requiere
Fundamento legal:
Artículo 18.20 fracción V, del Código Administrativo para el Estado de México, Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Chapultepec vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cubrir todos los requisitos, realizar pago., cumplir con los criterios de verificación.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud de todo ciudadano que desee construir una barda para delimitar sus predios.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/05/2023 04:31 pm



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