Gobierno del Estado de México
 

Atención de reportes de probable vulneración de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Se proporciona a los ciudadanos del Municipio de Chapultepec los siguientes servicios.
1. Atender a niñas, niños Y adolescentes en donde se hayan detectado y comprobado actos u omisiones que vulneren sus derechos
2.- Detectar si existe una probable vulneración o restricción de derechos de niñas, niños y adolescentes a través de un reporte de manera telefónica o de forma personal.
3-Representación iurídico en instancia ministerial federal o local
4.- Mediación de casos con perspectiva de infancia
5.- Otorgar asesoría jurídica a la población en materia familiar para garantizar la preservación de sus derechos.
6.- Representación jurídica de niñas, niños y adolescentes.
Miguel Hidalgo No. Ext. 400 Oriente No. Int. , Col. Centro, C.P. 52240, Chapultepec, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Chapultepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Notificación ministerial.
Notificación judicial y administrativa.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Asistir a las instalaciones de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Ley de General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Código Civil del Estado de México
Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de México.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Diligencia de notificación
SI
NO
Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Ley de General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Código Civil y de Procedimientos del Estado de México
Código Penal del Estado de México
Código Nacional de Procedimientos Penales
Código Administrativo del Estado de México
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

2. Oficio
SI
NO
Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Ley de General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.
Código Civil y de Procedimientos del Estado de México
Código Penal del Estado de México
Código Nacional de Procedimientos Penales
Código Administrativo del Estado de México
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

1.- Acudir a la Instalaciones de SIDIFCH de Chapultepec y levantar el reporte
2.- El procurador convoca al equipo multidisciplinario en el domicilio para llevar a cabo la verificación de los infantes que se encuentren ahí.
3.- El Procurador en coadyuvancia con el equipo multidisciplinario de manera colegiada, deliberan y proponen el plan a seguir, o realizan las denuncias correspondiente.
Dependencia u organismo:
Municipio Chapultepec
Dirección general:
Sistema Municipal del Desarrollo Integral de la Familia
Unidad administrativa responsable:
Sistema Municipal del Desarrollo Integral de la Familia
Titular de la unidad administrativa responsable:
Sandra Alvarez Reyes
Cargo del titular:
Directora
Domicilio:
Miguel Hidalgo No. Ext. 400 Oriente No. Int. , Col. Centro, C.P. 52240, Chapultepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 9372222 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: difchapultepecdireccion2224@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
1.- Acuerdo de Restitución de derechos
2.- Convenio de buenos cuidados vecinos
3 ? Sentencia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puede quitarnos a nuestros hijos?
Si
2. ¿Como podría recuperar a mis hijos si me los quitan?
Esperar la determinación de la carpeta de investigación por parte de autoridad ministerial, y pasar las valoraciones aplicadas.
3. ¿Puede ser cualquier persona red de apoyo en el caso pertinente?
Si, cualquier persona puede ser red de apoyo siempre y cuando sea viable de acuerdo con las pruebas aplicadas.
Fundamento legal:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Convención de los derechos de la niñez.
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Ley de General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México
Código Civil del Estado de México
Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Presencia física del ciudadano que levanta el reporte para proporcionar los datos de donde se da la probable vulneración de derechos de la niña, niño o adolescente, donde se encuentra la victima de maltrato infantil y del posible generador
de violencia
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Otro.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Notificación ministerial.
Notificación judicial y administrativa.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/10/2023 05:09 pm



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