Gobierno del Estado de México
 

PLÁTICAS, Y/O ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN AMBIENTAL EN ESCUELAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DEL MUNICIPIO.

Fomentar la cultura y cuidado del medio ambiente, en los niveles básicos de educación , para que a través de ellos sean las quien inviten a más personas de su familia o comunidad a fomenta la actividades en beneficio del ambiente.
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Almoloya del Río
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las escuelas solicitan alguna plática , capacitación o taller referente a temas del medio ambiente.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite un oficio a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente en donde solicita pláticas, y/o actividades de educación ambiental en escuelas públicas y privadas del municipio.
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite un oficio a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente en donde solicita pláticas, y/o actividades de educación ambiental en escuelas públicas y privadas del municipio.
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Emite un oficio a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente en donde solicita pláticas, y/o actividades de educación ambiental en escuelas públicas y privadas del municipio.
SI
NO
Articulo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Articulo 116 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Articulo 54 fracción VI, Articulo 57 de la Ley para la Mejora Regulatoria del Estado de México y Municipios

1.-Ingresar solicitud por escrito a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente
2.- Se da la respuesta por escrito por parte de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente al solicitante, indicando la fecha y hora que se otorgara dicha plática
Dependencia u organismo:
Municipio Almoloya del Río
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Ecología y Medio Ambiente
Titular de la unidad administrativa responsable:
ING. Yuluem Siles González
Cargo del titular:
Directora de Ecología y Medio Ambiente
Domicilio:
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 713 1320004 Ext: 131
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: ecologia@almoloyadelrio.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
N/A
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Que temas se imparten?
Todos los referentes al cuidado del medio ambiente.
2. ¿Las pláticas pueden ser impartidas por la Secretaria de Medio Ambiente?
Si, se canaliza y dependiendo de la respuesta de ellos se agenda la fecha y hora.
3. 3.- ¿Se necesita un grupo mínimo de personas para poder impartir el curso?
Si, mínimo un grupo de 20 personas.
Fundamento legal:
Articulo 112 fracción I y III de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.
Articulo 1.1 fracción 1, 1.2 fracciones I, II,IV y VII, 2.8 fracciones, XIV, 2.9 fracción IV,XVI, 2.140,2.141, 2.142 fracciones I y II, 2.143, 2.144 fracciones I, II y III 2.145 fracciones I y II, 2.148 fracciones 1, II, III, IV, V,VI, VII, VIII, XIX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV y XVI, 2.149 fracciones I,III, V, XI, XIV, XV y XVI DEL Código para la Biodiversidad del Estado de México.
Artículos 3, 5 fracciones III y XI, 250 fracciones 1, 251, 252, 253, 254,256 fracciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, 259,263 fracciones I, II,III, IV, V, 267, 271, 272 y 274 del Reglamento del Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México
Articulo 92 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Articulo 162 fracciones III, VI, IX, X del Bando Municipal de Almoloya del Río, Estado de México 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Cumpliendo los requisitos y de acuerdo con la factibilidad Ambiental y Ecológica de conformidad con las leyes aplicables se entrega un oficio de contestación para la asignación de fecha y hora para impartir pláticas, y/o actividades de educación ambiental en escuelas públicas y privadas del municipio.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando las escuelas solicitan alguna plática , capacitación o taller referente a temas del medio ambiente.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
19/03/2024 03:30 pm



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