Gobierno del Estado de México
 

Atención a quejas, denuncias y sugerencias o servicio, así como los reconocimientos que realizó la ciudadanía por la atención brindada de parte de los Servidores Públicos.

Recepción de denuncia por parte de la ciudadanía, o bien a través del Sistema de Atención Mexiquense, vía internet, iniciando en su caso la investigación de los hechos, calificación de la falta grave o no grave el Informe de presunta responsabilidad administrativa y la aplicación de la sanción a los servidores públicos responsables. cuando existe una inconformidad respecto a las conductas y/o desempeño de los servidores públicos adscritos al ayuntamiento de Almoloya del Río y que puede constituir una falta administrativa, así mismo cuando exista reconocimiento de parte de la ciudadanía algún servidor público por atención brindada a las sugerencias para mejorar el servicio que ofrece el ayuntamiento.
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Almoloya del Río
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por presuntas faltas administrativas cometidas por servidores públicos

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación Oficial
SI
2, Simple
37, 38 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

2. Pruebas (Si es que cuenta con ellas)
SI
1,


Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación Oficial de Representante colectivo
SI
1, Simple
Articulo 95, 96 y 97 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de México

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Identificación de la Persona que presenta denuncia
SI
1, Simple
Artículo 50 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, y demás leyes aplicables

Presentarse en forma presencial o a traves del sistemas de internet
Dependencia u organismo:
Municipio Almoloya del Río
Dirección general:
Contraloría Interna Municipal
Unidad administrativa responsable:
Contraloría Interna Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.A Leonardo Huertas Navarro
Cargo del titular:
Contralor Interno Municipal
Domicilio:
Plaza Chignahuapan No. Ext. S/N No. Int. , Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 713 132 0004 Ext: 126
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: contraloria@almoloyadelrio.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Documento donde avale la denuncia
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
25 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
25 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

Tiempo estimado para realizar el trámite en línea de principio a fin:

30 minuto(s)

1. ¿Cómo hacer una denuncia?
De forma presencial, presentando identificación oficial, nombre de los presuntos responsables si es que los pudiera identificar, pruebas si contara con ellas, domicilio o teléfono para recibir notificaciones
2. ¿Puedo opinar sobre la labor y/o reconocimiento de un servidor Público?
Si, a través del buzón que se encuentra en el interior del ayuntamiento, así como en la oficinas que ocupa la Contraloría
3. ¿Puedo denunciar a cualquier Servidor?
Si, todo servidor público que con sus actos y acciones incurran en alguna falta administrativa, excepto los de los de elección popular que se turnan a la contraloría del Poder Legislativo
Fundamento legal:
Articulo 112 fracción X de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

50, 52, 79, 94, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 194, y 195 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
La denuncia deriva el inicio del procedimiento administrativo, si hay elementos y pruebas suficientes se sanciona a los servidores públicos responsables en términos del Articulo 79 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios
Resultado o documento a obtener en la gestión electrónica del trámite en línea (realizado de principio a fin):
Resolución.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por presuntas faltas administrativas cometidas por servidores públicos
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
04/09/2023 11:59 am



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