Gobierno del Estado de México
 

Cambio de Uso y Aprovechamiento del Suelo.

Consiste en cambiar el uso del suelo a otro que al efecto se determine sea compatible, así como la densidad e intensidad de su aprovechamiento o el cambio de altura.
Adolfo López Mateos, esquina con calle Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Costo:
$ 5429 pesos.
Adicional:
Artículo 144 Fracción XI del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/02/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
En la Caja de Cobro (ubicada en las instalaciones de la Dirección).
En las Cajas de Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Si se desea hacer uso diferente al establecido en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, siempre y cuando sea compatible con los establecidos.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 146 fracción I del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso A del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y Artículo 203, fracción III del Bando Municipal vigente.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente)
***En caso de no gestionar el titular se deberá adjuntar carta poder o poder notarial según sea el caso.
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México, Artículo 203, fracción IV del Bando Municipal vigente.

4. Evaluación de Impacto Estatal (Para aquellos usos que, por su impacto sobre la infraestructura, equipamiento urbano y servicios públicos, protección civil y medio ambiente establezcan otras disposiciones estatales).
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso G del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Anteproyecto del Desarrollo y su memoria descriptiva
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso E del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

6. Anteproyecto Arquitectónico.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

7. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso H del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

8. Opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal.
**Para obtener esta opinión favorable o visto bueno de Cabildo, se debe enviar un escrito libre al Director de Desarrollo Urbano, solicitando el documento, acompañado de todos los requisitos para el cambio de uso de suelo.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso I del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

9. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 25 apartado políticas y lineamientos)

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 146 fracción I del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso A del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente) ***En caso de no gestionar el titular se deberá adjuntar carta poder o poder notarial según sea el caso.
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

4. Acta Constitutiva de la Empresa
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso B del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Evaluación de Impacto Estatal (Para aquellos usos que, por su impacto sobre la infraestructura, equipamiento urbano y servicios públicos, protección civil y medio ambiente establezcan otras disposiciones estatales).
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso G del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

6. Anteproyecto del Desarrollo y su memoria descriptiva
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

7. Anteproyecto Arquitectónico.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

8. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso H del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

9. Opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. **Para obtener esta opinión favorable o visto bueno de Cabildo, se debe enviar un escrito libre al Director de Desarrollo Urbano, solicitando el documento, acompañado de todos los requisitos para el cambio de uso de suelo.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso I del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

10. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 25 apartado políticas y lineamientos)

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente requisitada. Podrá descargar el archivo en:
https://atlacomulco.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=269
SI
NO
Artículo 146 fracción I del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

2. Documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble.
SI
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso A del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

3. Documento que acredite la personalidad del solicitante (identificación oficial vigente) ***En caso de no gestionar el titular se deberá adjuntar carta poder o poder notarial según sea el caso.
SI
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México

4. Evaluación de Impacto Estatal (Para aquellos usos que, por su impacto sobre la infraestructura, equipamiento urbano y servicios públicos, protección civil y medio ambiente establezcan otras disposiciones estatales).
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso G del Reglamento del libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

5. Acta Constitutiva o documento que acredite la existencia de la Institución y el documento que acredite al representante Legal.
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso B del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo de Estado de México.

6. Anteproyecto del Desarrollo y su memoria descriptiva
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

7. Anteproyecto Arquitectónico.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso F del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

8. Para los casos que no causen impacto regional, Dictamen de factibilidad de servicios de agua potable y drenaje
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso H del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

9. Opinión favorable de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Municipal. **Para obtener esta opinión favorable o visto bueno de Cabildo, se debe enviar un escrito libre al Director de Desarrollo Urbano, solicitando el documento, acompañado de todos los requisitos para el cambio de uso de suelo.
NO
1, Simple
Artículo 146 fracción I inciso I del reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

10. Recibo del pago Predial actualizado para cotejo de clave catastral.
SI
NO
Manual de Procedimientos del Departamento de Desarrollo Urbano. (pág. 25 apartado políticas y lineamientos)

1. La o el ciudadano se presenta en la oficina para solicitar información;
2. Se le entrega el formato impreso de la solicitud, se le informa de los criterios y especificaciones bajo los cuales deberá integrar su documentación;
3. La o el ciudadano presenta todos los documentos en conjunto con su solicitud debidamente requisitada;
4. El personal de ventanilla revisa el expediente completo que presenta la o el ciudadano(a), cotejando cada documento requerido.
5. El personal de ventanilla asigna un número de folio y remite al Coordinador de Licencias;
6. La o el Coordinador de Licencias recibe el expediente; realiza una revisión cuantitativa y cualitativa previa, verificando que no existan inconsistencias en el expediente;
7. La o el Coordinador de Licencias recaba los datos necesarios, revisa normatividad, los lineamientos del plan de desarrollo urbano Vigente y elabora la Licencia;
8. La o el Coordinador de Licencias imprime el documento elaborado turnándolo a firma del Director o Directora de Desarrollo Urbano.
9. La o el Director de Desarrollo Urbano revisa que el documento cuente con toda la información y requisitos para firmarlo;
10. El personal de ventanilla recibe la licencia firmada para entregar al ciudadano (a) y le elabora orden de pago;
11. La o el ciudadano recibe la orden de pago, realiza pago en Tesorería Municipal y presenta el recibo de pago en la ventanilla de atención;
12. El personal de ventanilla registra el número de recibo de pago, entrega la licencia al ciudadano; y
13. La o el ciudadano firma de recibido su documento en una copia simple del mismo y en el control de registros.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Dirección de Desarrollo Urbano.
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Desarrollo Urbano.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Arq. Mario Mondragón Ruiz
Cargo del titular:
Director
Domicilio:
Adolfo López Mateos, esquina con calle Geranio No. Ext. 500 No. Int. s/n, Col. Isidro Fabela, C.P. 50454, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1221823 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: desarrollo.urbano@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Constancia de Cambio de Uso de Suelo
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿Qué pasa si no está permitido el uso de suelo para lo que requiero construir?
Es necesario que presente su solicitud para analizar la petición y darle respuesta antes de que comience a construir.
2. ¿La autoridad municipal me hará verificaciones posteriores?
Se realizará previa notificación con la finalidad de tener la certeza a fin de proceder con el cambio o no.
3. ¿Puedo solicitar cualquier uso de suelo?
Podrá realizarlo siempre y cuando considere que deberá estar dentro de las especificaciones que establece la autoridad correspondiente y podrá acercarse a la oficina de esta Dirección para informase y asesorarse.
Fundamento legal:
Artículo 11 fracción XI de la Ley General de Asentamientos Humanos; artículo 5.10 fracción VII del Código Administrativo del Estado de México; Acta de Transferencia de Funciones y Servicios en Materia de Autorización del uso del suelo publicada en Gaceta de Gobierno número 75 de fecha 22 de abril del 2010 y artículo 194 fracción III del Bando Municipal de Atlacomulco, vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que la solicitud cumpla con la normatividad aplicable y con las especificaciones establecidas y que el uso de suelo solicitado (sujeto al cambio) este considerado dentro del Plan Municipal de Desarrollo Urbano.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Si se desea hacer uso diferente al establecido en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano, siempre y cuando sea compatible con los establecidos.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
12/04/2024 02:16 pm



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