Gobierno del Estado de México
 

Certificación de firmas en contratos

El ciudadano que haya realizado un contrato de compraventa de bienes inmuebles, arrendamiento etc., comparece con los intervinientes a manifestar que reconoce su voluntad, el contenido del contrato celebrado así como su firma, lo que el Juez Cívico con secretario de acuerdos certifica.
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Costo:
$ 457 pesos.
Adicional:
LXXXVII Sesión ordinaria de cabildo de fecha 18 de Enero del 2024
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 06/02/2024 al 05/02/2025.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal, ubicadas en el palacio Municipal s/n, Atlacomulco de Fabela.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando existe voluntad de las partes siendo este un acto de buena fe, con ello tener constancia del hecho realizado, y cuando para regularizar y/o dar de alta el inmueble administrativamente, la institución reguladora lo solicite.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Comparecencia de todos y cada una de las personas involucradas (Vendedor, Comprador y Testigos)
Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículo 78, fracc. I del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 35

2. Identificación oficial: Credencial para Votar (INE), y/o Licencia de Conducir Vigente, y/o Pasaporte vigente,
SI
3, Simple
Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículo 78, fracc. III del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 35

3. Contrato a certificar
SI
2, Simple
Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículo 78, fracc. II, Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 35

4. Copia del antecedente que acredita la propiedad al vendedor (contrato de compraventa, escritura, inmatriculación, juicio etc.)
NO
3, Simple
Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículo 78, fracc. IV del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 35

5. En caso de fallecimiento de uno o más intervinientes
Acta de defunción
NO
3, Simple
Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículo 78, fracc. V del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente página 35.

1. El interesado acude a las oficinas del Juzgado Cívico en día y hora hábil a solicitar la certificación de contrato.
2.- El servidor público adscrito al Juzgado Cívico informa los requisitos.
3.- El interesado se presenta con los requisitos.
4.- El servidor público coteja la documentación e inicia la solemnidad de la certificación en presencia de los involucrados.
5.- El servidor público entrega a los involucrados identificaciones originales y realiza la certificación del documento.
6.- El servidor Público elabora y entrega Orden de pago al interesado para que acuda a las instalaciones de la tesorería municipal a realizar el pago.
7.- El servidor público emite certificación, recaba las firmas correspondientes de los involucrados, Juez Cívico y el secretario de acuerdos.
8.- El interesado entrega recibo de pago al servidor púbico.
9.- El servidor público entrega contrato certificado debidamente firmado y sellado.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Secretaría del Ayuntamiento
Unidad administrativa responsable:
Jusgado Civico.
Titular de la unidad administrativa responsable:
I Turno L.D. Arón Mendoza Cruz
II Turno L.D. Wendy Zacarias Pascacio
Cargo del titular:
Jueces Civicos.
Domicilio:
Circuito Víal Jorge Jiménez Cantú poniente No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Las Fuentes, C.P. 50455, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1227813 Ext: s/n
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: s/n
Correo electrónico: oficialia.calificadora@atlacomulco.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Certificación de Contrato
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Si el vendedor y/o comprador son personas adultas mayores y por cuestiones de salud no pueden trasladarse a la oficina que hago?
El Juez Cívico y/o Secretario de acuerdos; previa autorización del tutor del adulto mayor, asiste donde se halle.
2. ¿Puedo vía telefónica solicitar los requisitos?
Sí.
3. ¿Sí él documento a certificar se celebró años atrás puedo certificarlo?
Sí, cumpliendo con los requisitos.
Fundamento legal:
Artículo 17 fracción XX de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios y Artículo 265 del Bando Municipal del año 2024.

https://atlacomulco.gob.mx/catalogo-municipal-de-regulaciones/
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Criterios de resolución del trámite o servicio:
Certificación de firmas en Contrato a petición de parte; Titulo Quinto, Capítulo primero, Artículo 75 del Reglamento de la Oficialía Calificadora vigente.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando existe voluntad de las partes siendo este un acto de buena fe, con ello tener constancia del hecho realizado, y cuando para regularizar y/o dar de alta el inmueble administrativamente, la institución reguladora lo solicite.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
21/04/2024 05:19 pm



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