Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Formato de solicitud proporcionado por la DGPCCA, el cual deberá estar debidamente requisitado.
SI
NO
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso "a" Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.
2. Tarjeta de circulación del vehículo (ampliada y legible) a nombre del propietario, especificando el tipo de tecnología con la que cuenta el vehículo.
SI
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto3.2, inciso b. Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.
3. Factura, carta factura o carta responsiva a nombre del propietario, en la que se especifique el tipo de tecnología con el que cuenta el vehículo.
SI
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso c. Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.
4. Identificación oficial vigente de la o el propietario del vehículo.
SI
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso "d" Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.
5. En caso de que la o el propietario no realice el trámite, presentar carta poder (con identificación oficial vigente del aceptante, otorgante y dos testigos).
SI
1, Simple
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto3.2, inciso e. Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.
6. Presentar bitácora de mantenimiento mediante la cual acredite que el vehículo se encuentra en buenas condiciones electro-mecánico motriz emitida, por única ocasión, durante el año 2020; sólo aplica para vehículos no nuevos.
SI
1, Simple
Acuerdo del Secretario del Medio Ambiente por el que se prorroga el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso f. Publicado en Gaceta del Gobierno el 29 de mayo de 2020.
7. Para el caso de renovación de la Constancia tipo E en vehículos modelo 2012 y anteriores, la cual tendrá una vigencia máxima de un año, deberán cumplir con alguno de los siguientes supuestos:
- Documento mediante el cual acredite el correcto funcionamiento del sistema electro-mecánico motriz emitida, por única ocasión, durante el año 2020.
-Orden de servicio y factura con datos del emisor, receptor, fecha de emisión, folio fiscal, descripción de la reparación y número de serie de la batería, anexando garantía original y copia simple para cotejo.
SI
NO
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020 capítulo 3, punto 3.2, inciso "g" publicado en Gaceta del Gobierno del 26 de diciembre del 2019 y Acuerdo por el que el Secretario del Medeio Ambiente prorroga el Programa de Verificación Vehiculas para el primer semestre del año 2020 capítulo 3, punto 3.2, inciso "g" publicado en Gaceta del Gobierno del 29 de mayo del 2020.
8. Con base en los documentos proporcionados e información de las distintas armadoras y las condiciones de adeudos fiscales, la DGPCCA determinará el otorgamiento de este tipo de constancia.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso "i" Publicado en Gaceta del Gobierno del 26 de diciembre de 2019.
9. En caso de haber obtenido una respuesta favorable y ser acreedor a la Constancia Tipo Exento "E", el usuario deberá presentar el vehículo en las instalaciones de la DGPCCA para el pegado del holograma, elcual se hará en la parte superior derecha del parabrisas.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 20202, capítulo 3, punto 3.2, inciso "j", publcado en Gaceta del Gobierno del 26 de diciembre del 2019.
10. En caso de no cumplir con ninguno de los supuestos antes mencionados, deberá presentarse a realizar la prueba de Verificación Vehicular en alguno de los CVECAS autorizados.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año 2020, capítulo 3, punto 3.2, inciso h. Publicado en Gaceta del Gobierno el 26 de diciembre de 2019.