Gobierno del Estado de México
 

Acta Informativa de Abandono de Hogar

Consiste en otorgar al solicitante el documento expedido por la Oficialía Mediadora-Conciliadora del Municipio de Metepec, en el cual están vertidas las declaraciones de los ciudadanos, hechas bajo protesta de decir verdad, sirviendo como referencia o antecedente de algún hecho ocurrido.
JOSÉ VICENTE VILLADA No. Ext. 330 No. Int. S/N, Col. BARRIO DEL ESPÍRITU SANTO, COL. CENTRO, C.P. 52140, Metepec, México
Costo:
$ 104 pesos.
Adicional:
Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Oficinas de la Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Metepec
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el hombre o la mujer decide abandonar el domicilio en el cual viven juntos, ya sea que estén casados o vivan en unión libre, haya o no hijos de esta relación.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de nacimiento (Si hay hijos menores de edad).
SI
1, Simple
Artículos 148, 150 fracción I y 153 Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México; Artículo 23 fracciones I y III, del Bando Municipal del Municipio de Metepec y Artículos 11.6, 11.10 fracciones I, II y III, 11.20, 11.21, 11. 22 y 11.23. Código de Reglamentación Municipal del Municipio de Metepec.

2. Acta de matrimonio, en caso de estar casados civilmente.
SI
1, Simple
Artículos 148, 150 fracción I y 153 Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México; Artículo 23 fracciones I y III, del Bando Municipal del Municipio de Metepec y Artículos 11.6, 11.10 fracciones I, II y III, 11.20, 11.21, 11. 22 y 11.23. Código de Reglamentación Municipal del Municipio de Metepec.

3. Identificación oficial vigente: IFE o INE, cartilla militar, pasaporte, licencia para conducir, cédula profesional, INSEN, INAPAM, cartilla de identidad postal o dos testigos con identificación.
SI
1, Simple
Artículos 148, 150 fracción I y 153 Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México; Artículo 23 fracciones I y III, del Bando Municipal del Municipio de Metepec y Artículos 11.6, 11.10 fracciones I, II y III, 11.20, 11.21, 11. 22 y 11.23. Código de Reglamentación Municipal del Municipio de Metepec.

1.- Acudir a la Oficialía Mediadora-Conciliadora de Metepec.
2.- Solicitar el acta informativa de abandono de hogar.
3.- Identificarse y dejar copias de su identificación, acta de nacimiento (Si hay hijos menores de edad) y Acta de matrimonio, en caso de estar casados civilmente.
4.- Se expide la orden de pago de derechos y el usuario acudirá a realizar el pago a la tesorería municipal.
5.- Regresa a la Oficialía Mediadora-Conciliadora con su pago realizado y se inicia con la recopilación de su manifestación.
6.- El solicitante revisará su manifestación y firmará el acta informativa de abandono de hogar, en conjunto con el Secretario de Acuerdos y el Oficial Mediador-Conciliador Municipal, entregándose una copia certificada de la misma al solicitante y quedándose un ejemplar en la Oficialía Mediadora-Conciliadora.
Dependencia u organismo:
Municipio Metepec
Dirección general:
FRANCISCO JOSÉ MEDINA ORTEGA
Unidad administrativa responsable:
CONSEJERÍA JURÍDICA MUNICIPAL
Domicilio:
JOSÉ VICENTE VILLADA No. Ext. 330 No. Int. S/N, Col. BARRIO DEL ESPÍRITU SANTO, COL. CENTRO, C.P. 52140, Metepec, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 2358200 Ext: 1162
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: mediadorayconciliadora@metepec.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta Informativa de Abandono de Hogar
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
45 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
45 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El acta sirve como antecedente ante alguna instancia?
Si. Porque pudiera ser aportada como prueba ante un juzgado.
2. ¿Esta acta puede utilizarse como una causal de divorcio?
No. Porque el día de hoy ya no existen causales de divorcio.
3. ¿Con esta acta se evita que el padre o madre de mis hijos (as), se los (as) pueda llevar?
No. Porque esta acta sólo es un antecedente de los hechos que se suscitaron.
Fundamento legal:
Artículos 148, 150 y 153.Ley Orgánica Municipal del Estado de México; Artículo 147 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios; Artículo 23 fracciones I y III del Bando Municipal de Metepec, Estado de México y Artículos 11.10 fracciones I II y III, 11.21, 11.22, 11. 23 y 11.24 del Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Podrá acudir cualquiera de las dos personas, con identificación oficial vigente; el domicilio donde vivieron juntos deberá estar en el Municipio de Metepec, Estado de México.
Cumplir con el pago de derechos establecido.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Otro.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el hombre o la mujer decide abandonar el domicilio en el cual viven juntos, ya sea que estén casados o vivan en unión libre, haya o no hijos de esta relación.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
11/09/2023 01:11 pm



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