Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Título Cuarto, Capítulo Segundo, Sección Octava, Artículo 155, Fracción VI.
Bando Municipal de Metepec, Estado de México, del 05 de febrero del 2024, Título Octavo, Capítulo I, Artículo 55, Fracción IV.
Código de Reglamentación Municipal de Metepec, Estado de México, del 16 de abril del 2024, Libro Octavo, Título Quinto, Capítulo I, Arts. 8.123, 8.124, 8.126, 8.129, 8.130 y 8.131, Capítulo II, Art. 8.138, Capítulo III, Arts. 8.140, 8.141, Capítulo IV, Arts. 8.142, 8.143, 8.144, 8.145, 8.147, 8.154, Capítulo XII, Arts. 8.182 y 8.183, Capítulo XIII, Art. 8.184 y Capítulo XIV, Arts. 8.185 y 8.186.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
1.- La información de alguna fosa sólo se da a los titulares o beneficiarios del Certificado de Derechos de Temporalidad o Perpetuidad de la fosa o en el supuesto de no haber titular o beneficiario, se dará a quien tenga afinidad familiar hasta el cuarto grado, sean ascendientes, descendientes o colaterales.
2.- El titular, beneficiario o familiar que requiera información de alguna fosa, deberá realizar el pago correspondiente y la información se le dará en un lapso máximo de una hora en horarios de oficina desde que el usuario llega al mostrador de atención del Panteón Municipal.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.