Gobierno del Estado de México
 

Divorcio Incausado

Consiste en patrocinar el procedimiento que se tramita ante un Juez del Orden Familiar, a efecto de disolver el Matrimonio y dejar a los cónyuges en aptitud de contraer otro; lo puede tramitar cualquiera de los cónyuges sin que exista la necesidad de señalar la razón que lo motiva.
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atizapán de Zaragoza
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s) 30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por solicitud de uno de los Cónyuges, sin necesidad de señalar la razón que lo motiva

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Acta de Matrimonio
SI
NO
1. Artículo 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

2. Acta de Nacimiento de los Hijos (si los hubiera)
SI
NO
1. Artículo 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

3. Convenio
SI
NO
1. Artículo 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

4. Residir en el Municipio (comprobante de domicilio)
SI
NO
1. Artículo 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

5. Comprobante de Ingresos
SI
NO
1. Artículo 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.

1. Registrarse en la recepción de la Dirección Jurídica y Consultiva para ser atendido por un abogado en la materia
2. Es atendido por el abogado.
3. Se inicia la gestión por parte de la Dirección Jurídica y Consultiva.
4. Se le notifica la sentencia emitida por el Juez de lo Familiar.
Dependencia u organismo:
Municipio Atizapán de Zaragoza
Unidad administrativa responsable:
Dirección Jurídica y Consultiva
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Fernando Iván Jasso Aguirre
Cargo del titular:
Director Jurídico y Consultivo
Domicilio:
Boulevard Adolfo López Mateos No. Ext. 91 No. Int. , Col. El Potrero, C.P. 52975, Atizapán de Zaragoza, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 36-22-28-00 Ext: 2810
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico:
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Sentencia por la que se decreta la disolución del vínculo matrimonial
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
2 mes(es)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s) 30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
2 mes(es)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Me pueden representar en el juicio?
Sí, siempre y cuando cumpla con los requisitos que se piden para ello.
2. ¿Qué tipo de juicios son gratuitos?
Los juicios de orden familiar
3. ¿Llevan todo tipo de juicios?
No, únicamente representamos en juicios familiares.
Fundamento legal:
Artículos 4.88, 4.89 y 4.91 del Código Civil del Estado de México;
Artículos 2.100 y 2.373 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México;
Artículos 36 fracción V y 51 del Bando Municipal vigente;
Artículos 50 y 53, C3 fracción V del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
El servicio se ofrece cuando, resides en el Municipio de Atizapán de Zaragoza y los ingresos no son mayores a $6,000.00 pesos.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por solicitud de uno de los Cónyuges, sin necesidad de señalar la razón que lo motiva
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
08/03/2024 11:57 am



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