Gobierno del Estado de México
 

Cambio del Uso de Suelo, del Coeficiente de Ocupación, del Coeficiente de Utilización, Densidad y Altura de Edificaciones.

Documento donde se autoriza el cambio de densidad e intensidad y uso de suelo urbano a cualquier gama que corresponda a la mezcla de usos prevista en el Plan Municipal de Desarrollo Urbano y a la zona donde se ubique el predio.
Plaza Rayón No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Costo:
$ 5187 pesos.
Adicional:
Artículo 144 Fracción XI del Código Financiero Del Estado De México y Municipios
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Cajas de la Tesorería Municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando de requiera obtener licencia de construcción y/o funcionamiento.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad inscrita en la Institución de la Función Registral.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

2. Recibo predial al corriente.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

3. Identificación oficial vigente del solicitante.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

4. Carta poder (en caso de no ser el propietario);
SI
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Plano de localización.
SI
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

6. Anteproyecto arquitectónico y memoria descriptiva.
NO
2, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

7. Factibilidad de servicios, en su caso;
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

8. En su caso, dictamen único de factibilidad, expedida por la Comisión de Factibilidad del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Formato descargable del cambio de uso de suelo, del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones.
SI
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Documento que acredite la propiedad inscrita en la Institución de la Función Registral.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México

2. Recibo predial al corriente.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

3. Acta constitutiva de la sociedad.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

4. Plano de localización.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

5. Anteproyecto arquitectónico y memoria descriptiva.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México

6. Factibilidad de servicios, en su caso.
NO
2, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

7. En su caso, dictamen único de factibilidad, expedida por la Comisión de Factibilidad del Estado de México.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

8. Poder notarial.
NO
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

9. Formato descargable del cambio de uso de suelo, del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones.
SI
1, Simple
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.

1.- En la Dirección de Planeación del Territorio, se le hace entrega de la solicitud, haciendo referencia de los datos que debe llenar y los documentos que debe presentar, (cumpliendo en su totalidad con las especificaciones).
2.- Elaboración del dictamen de autorización del cambio de uso de suelo del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones y entrega de orden de pago.
3.- Cubierto el pago, en un plazo de 5 días hábiles, se hace entrega del dictamen de autorización del cambio de uso de suelo del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Dirección de Planeación del Territorio
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Planeación del Territorio
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.en P.T. Antonio García Tapia
Cargo del titular:
Director de Planeación del Territorio
Domicilio:
Plaza Rayón No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 122 99 02 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: planeacion_territorial@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Autorización del cambio de uso de suelo del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
5 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Cuál es la diferencia entre la licencia de uso de suelo y el cambio de uso de suelo, del coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones?
La Licencia de uso de suelo se emite cuando el proyecto solicitado se apega a los usos, normas y aprovechamiento que marca del Plan Municipal de Desarrollo Urbano; mientras que para un proyecto que no se adecua a lo establecido en el mencionado instrumento, se debe realizar el trámite de cambio de uso de suelo, de coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones, para cualquiera de los conceptos que no cumpla con la norma.
2. ¿El cambio de uso de suelo de coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones, modifica al Plan Municipal de Desarrollo Urbano?
No lo modifica.
3. ¿El cambio de uso de suelo de coeficiente de ocupación, del coeficiente de utilización, densidad y altura de edificaciones, requiere dictamen único de factibilidad?
Si, como lo establece el Código Administrativo del Estado de México y el Plan Municipal de Desarrollo Urbano.
Fundamento legal:
Artículos 5.10 fracción VII y 5.57 del Código Administrativo del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Contar con los requisitos enunciados en el artículo 5.57 del Código Administrativo del Estado de México para poder realizar el trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando de requiera obtener licencia de construcción y/o funcionamiento.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/06/2023 11:14 am



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