Gobierno del Estado de México
 

Pago de infracciones en materia de tránsito municipal

Derivado de las sanciones por infringir el Reglamento de Tránsito vigente en el Estado de México, conforme a la tabla de infracciones, sanciones y medidas de seguridad que en el contenido del mismo especifica a través de la Tesorería Municipal se realiza el procedimiento para el cobro y la baja de las infracciones, así como la entrega del documento retenido en la unidad de tránsito municipal.
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Adicional:
Artículo 122 del Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2023 al 31/12/2023.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Caja de la Tesorería Municipal
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por infracciones al Reglamento de Tránsito del Estado de México

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Boleta de Infracción
SI
NO
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016.
Artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Boleta de Infracción
SI
NO
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016.
Artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.

2. Identificación Oficial con Fotografía
SI
NO
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México. Reglamento de Tránsito del Estado de México. Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016. Artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Boleta de Infracción
SI
NO
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Artículo 86 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México. Reglamento de Tránsito del Estado de México. Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016. Artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.

2. Identificación Oficial con Fotografía
SI
NO
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 86 Bis de la Constitución Local Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016.
Capítulo XIX y artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.

1. Acudir a las instalaciones de la Dirección de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito al módulo de caja de Tesorería Municipal.
2. Presentar boleta de infracción e identificación oficial
3. Una vez cotejada la infracción en el sistema, se realiza el pago correspondiente en efectivo.
4. Se expide su recibo de pago oficial.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Dirección de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Unidad administrativa responsable:
Dirección de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Titular de la unidad administrativa responsable:
T.E.C. Antonio Domínguez Montes
Cargo del titular:
Director de Seguridad Pública, Desarrollo Vial y Tránsito
Domicilio:
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 2830052 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: seguridad_publica@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
Boleta de infracción y recuperación de documentos en casos de retención
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
20 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Puedo realizar el pago de mi infracción, aunque haya extraviado la boleta?
Si, la unidad de tránsito municipal cuenta con un sistema electrónico de infracciones, en el que se puede verificar el estado de cada infracción realizada
2. ¿Puedo realizar el pago de mi infracción en un día inhábil?
Si, en la oficialía calificadora en turno, días sábados, domingos y días festivos
3. ¿Me pueden retener la placa de mi vehículo, si he cometido una infracción?
Si, la cual podrá recuperar una vez hecho el pago de la infracción.
Fundamento legal:
Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 2 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Artículo 86 Bis de la Constitución Local Política del Estado Libre y Soberano de México.
Artículo 2 de la Ley de Seguridad del Estado de México.
Reglamento de Tránsito del Estado de México.
Transferencia del servicio público y de tránsito por parte de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana a favor del H. Ayuntamiento de Ixtlahuaca, celebrado el 13 de mayo de 2016.
Artículo 240 del Bando Municipal vigente en Ixtlahuaca.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorga descuento del 70% si se realiza el pago dentro de los 5 días hábiles de su emisión y del 50% si se realiza dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su imposición. las multas que no sean pagadas en el plazo indicado causarán actualización en términos del Artículo 30 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Natural.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Por infracciones al Reglamento de Tránsito del Estado de México
Última actualización:
15/06/2023 06:00 pm



Arriba