Gobierno del Estado de México
 

Dictamen Técnico para la Recomendación de Derribo o poda de Árboles en Caso de Riesgo Inminente

Se realiza un levantamiento físico de las características del árbol en el lugar afectado y se extiende un documento denominado dictamen técnico, en el cual se da la recomendación de viabilidad de derribo o poda.
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Telefono1: ( 712 ) 283 30 60
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Ixtlahuaca
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona requiera dictamen para la poda o derribo de algún árbol.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal e ingresarlo en Oficialía de Partes, ubicada en Palacio Municipal.
SI
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017;
Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente;
Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental;
Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

2. Realizar reporte a la Coordinación Municipal de Protección Civil (de manera personal o al número 712-283-30-60).
SI
NO
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017;
Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente;
Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental;
Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al Presidente Municipal y entregarlo en Oficialía de Partes, ubicada en Palacio Municipal.
SI
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017;
Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente;
Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental;
Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

2. Realizar reporte a la Coordinación Municipal de Protección Civil (de manera personal o al número 712-283-30-60).
SI
NO
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017; Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México; Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México; Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente; Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental; Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

Requisitos para instituciones públicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito Libre dirigido al Presidente Municipal y entregarlo en Oficialía de Partes, ubicada en Palacio Municipal.
SI
1, Simple
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017;
Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente;
Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental;
Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

2. Realizar reporte a la Coordinación Municipal de Protección Civil (de manera personal o al número 712-283-30-60).
SI
NO
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017; Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente; Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México; Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México; Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México; Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente; Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental; Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.

1. Acudir o realizar llamada telefónica a la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos al número (712-283-30-60).
2. Realizar solicitud dirigida al Presidente Municipal.
3. Ingresar solicitud en Oficialía de Partes del Ayuntamiento.
4. Se agenda inspección de acuerdo a la disponibilidad del personal y horarios de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos.
5. Se emite el dictamen técnico de derribo o poda de árboles.
Dependencia u organismo:
Municipio Ixtlahuaca
Dirección general:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Unidad administrativa responsable:
Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos
Titular de la unidad administrativa responsable:
L.en A. Carlos César Montes de Oca Rodríguez
Cargo del titular:
Coordinador de Protección Civil y Bomberos
Domicilio:
Avenida de la Mujer No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 50740, Ixtlahuaca, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 283 30 60 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: proteccion_civil@ixtlahuaca.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
El Dictamen Técnico de árbol, se emite a la Dirección de Medio Ambiente y Cuidado Recursos Naturales para su autorización.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿El personal de la Coordinación Municipal de Protección Civil realizan los trabajos de Poda o Derribo de árboles?
No, sólo en casos de emergencia.
2. ¿Cómo se determina si es un riesgo?
Si el árbol pone en peligro la integridad de las personas, esto es si el árbol se desplomo sobre una vivienda o afecta el libre tránsito.
3. ¿Es necesaria la realización de este trámite para la poda o derribo de un árbol?
Si, ya que de lo contrario puede ser acreedor de una sanción o multa.
Fundamento legal:
Norma Técnica Estatal Ambiental NTEA-019-SeMAGEM-DS-2017;
Artículo 4 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
Artículo 7 fracción II de la Ley General de equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente;
Artículos 18 y 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México;
Artículos 3, 15, 19 fracción XVII, 32 Bis. Fracciones I, VII y XXI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
Artículos1, 5 fracción IV, 1.31, 1.32, 1.33 del Código Administrativo del Estado de México;
Artículos 1.6 fracciones IV y XII, 2.6 fracción IIl, 2.8 fracción XVIII, y 2.39 fracción III del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículo 2 fracción XCI del Reglamento de Libro Segundo del Código para la Biodiversidad del Estado de México;
Artículos 5, 6 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente;
Artículos 4, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 del Reglamento Interior del Comité Estatal de Normalización Ambiental;
Artículos 113,115, 116 fracción XII del Bando Municipal de Ixtlahuaca vigente.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se otorgará el dictamen técnico solo en caso de que el árbol ponga en peligro la integridad física de las personas, que este causando afectaciones a viviendas, de lo contrario sino interfiere será negativa la respuesta y se buscaran otras alternativas.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando la persona requiera dictamen para la poda o derribo de algún árbol.
Trámites o servicios relacionados:
Última actualización:
19/06/2023 01:25 pm



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