Gobierno del Estado de México
 

Acta de Matrimonio

Llevar a cabo el acto civil el cual dos personas se unen en matrimonio ante la sociedad, mediante el registro y entrega del acta de matrimonio.
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Costo:
$ 323 pesos.
Adicional:
$323.00 en horario de oficina, $431.00 fuera de horario de oficinas y $2,202.00 en día inhábil y a domicilio.
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Vigencia del costo:
Permanente.
Formas de pago:
Efectivo, Tarjeta de Crédito y Tarjeta de Débito.
Lugares de pago:
Bancos, En Línea (Portal de Pagos) y Otro.
Otras alternativas:
Tesorería Municipal y Tiendas Oxxo
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Tlalnepantla de Baz
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante lo requiera.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. 1.
Solicitud de matrimonio, que contendrá los nombres,edad,ocupación, lugar de nacimiento y domicilio de los solicitantes y de sus padres, además de las firmas y huellas de los solicitantes, número telefónico y en su
caso, correo electrónico de alguno o ambos Articulo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política
contrayentes. de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y
2 Presencia de los solicitantes. XIII del Código Financiero del Estado de México y Acreditar que los contrayentes hayan Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3,cumplido 18 años, salvo lo dispuesto por la legislación civil.
Manifestar que no tienen impedimento alguno

Si (1)

Si (1) 4.4 y del 4.7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento
Interior del Registro Civil del Estado de México; y
y que es su voluntad unirse en matrimonio. Artículo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la
5. Copia certificada del acta de nacimiento de Si (1) Si (1) Administración Pública Municipal de Tlalnepantla de
los solicitantes. Baz, Estado de México.
6. Convenio que exprese el régimen bajo el cual
se desea contraer matrimonio: sociedad
conyugal o separación de bienes.
7. Certificado suscrito por médico titulado o por Si (1) Si (1)
una institución oficial que haga constar que
los..solicitantes no padecen enfermedades
crónicas e incurables,
hereditarias. contagiosas
SI
2, Certificada
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al FUNDAMENTO LEGAL: 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

2. ACREDITAR QUE LOS CONTRAYENTES HAYAN CUMPLIDO 18 AÑOS, SALVO LO DISPUESTO POR LA LEGISLACIÓN CIVIL
SI
1, Certificada
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

3. CERTIFICADO SUSCRITO POR MEDICO TITULADO O POR UNA INSTITUCIÓN OFICIAL QUE HAGA CONSTAR QUE LAS SOLICITANTES NO PADECEN ENFREMEDADES CRONICAS E INCURABLES CONTAGIOSAS O HEREDITARIAS
SI
1, Certificada
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

4. COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO DE LOS CONTRAYENTES
SI
1, Certificada
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

5. MANIFESTAR QUE NO TIENEN IMPEDIMENTO ALGUNO Y QUE SU VOLUNTAD UNIRSE EN MATRIMONIO
SI
1, Simple
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

6. CONVENIO QUE EXPRESE EL REGIMEN BAJO EL CUAL SE DESA CONTRAER MATRIMONIO SOCIEDAD CONYUGAL O SEPARACION DE BIENES
SI
1, Certificada
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

7. PRESENCIA DE SOLICITANTES
SI
1,
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

8. SOLICITUD DE MATRIMONIO, QUE CONTENDRA LOS NOMBRES, EDAD, OCUPACOIÓN, LUGAR DE NACIMIENTO Y DOMICILIO DE LOS SOLICITANTES Y DE SUS PADRES,ADEMAS DE LAS FIRMAS Y HUELLAS DE LOS SOLICITANTES, NÚMERO TELEFONICO Y EN SU CASO, CORREO ELECTRONICO DE ALGUNO O AMBOS CONTRAYENTES
SI
1, Simple
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.

SOLICITAR DIRECTAMENTE EN LA OFICILIA DE REGISTRO CIVIL EL FOIRMULARIO A LLENAR Y CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS Y HACER EL PAGO CORRESPONDIENTE ANTE LA TESORERIA
Dependencia u organismo:
Municipio Tlalnepantla de Baz
Dirección general:
Secretaria del Ayuntamiento.
Unidad administrativa responsable:
Secretaria del Ayuntamiento.
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtro. Edmundo Rafael Ranero Barrera.
Cargo del titular:
Secretario del Ayuntamiento.
Domicilio:
Plaza Cívica Dr. Gustavo Baz Prada No. Ext. S/N. No. Int. S/N, Col. Tlalnepantla Centro, C.P. 54000, Tlalnepantla de Baz, México
Contacto:
Telefono1: ( 55 ) 53663800 Ext: 3857
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax: n/a
Correo electrónico: edmundo.ranero@tlalnepantla.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
15 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. Que requisitos se deben presentar para iniciar tramite de matrimonio
se debe de acudir a la oficialía de registro civil para solicitar los requisitos y presentarlos para iniciar el tramite y dura de 10 a 15 minutos y tienen una respuesta dentro de las 24 horas de iniciado dicho tramite
2. El costo de la ceremonia civil es muy cara
El costo de la ceremonia es de $314 dentro de los horarios de la oficialía, $1467 fuera de los horarios de la oficialía y de $2202 en día inhábil y a domicilio
3. los contrayentes deben ser mayores edad
como requisito si pero puede surgir que los contrayentes son menores deberán presentar por escrito el consentimiento de los padres salvo lo dispuesto por la legislación civil
Fundamento legal:
Artículo 4, párrafos Noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 142 facciones V y XIII
del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 3.1, 3.2, 3.5, 3.26, 3.27, 4.1 bis, 4.2, 4.3, 4.4 y del 4. 7 al 4.51 del Código Civil del Estado de México; 23, 25, 26, 79, 80 y 81 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México; y Articulo 83, fracción V, del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de
Tlalnepantla de Baz, Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Rapidez y eficacia.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el solicitante lo requiera.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
16/12/2020 02:10 pm



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