Gobierno del Estado de México
 

Aplicación de bonificaciones o descuentos en el pago del Impuesto Predial, vía Gobierno del Estado

Bonificación o descuento en el pago del impuesto predial, a través del portal de Gobierno del Estado de México.
Palacio Municipal No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atlacomulco
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del contribuyente, cuando desee realizar el pago vía Gobierno del Estado, con la aplicación de los descuentos vigentes.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud Verbal.
Articulo 14 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y articulo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.

2. Documento que acredite pertenecer al grupo vulnerable.
NO
1, Simple
Artículo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.

3. CURP
NO
1, Simple
Artículo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.

4. Identificación oficial con el domicilio del predio.
NO
1, Simple
AArtículo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México.

1.-Presentarse en las oficinas de pago de la Tesoreria municipal y solicitar la bonificación.
Dependencia u organismo:
Municipio Atlacomulco
Dirección general:
Tesorería Municipal
Unidad administrativa responsable:
Subtesorería de Ingresos
Titular de la unidad administrativa responsable:
Mtra. Lucía Eunice Torres Guerrero
Cargo del titular:
Tesorera Municipal
Domicilio:
Palacio Municipal No. Ext. s/n No. Int. s/n, Col. Centro, C.P. 50450, Atlacomulco, México
Contacto:
Telefono1: ( 712 ) 1220200 Ext: 121 y 123
Telefono2: ( 712 ) 1220333
Telefono3: ( 712 ) 1220157
Fax: 1220333
Correo electrónico: atlacomulco.ingresos@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Linea de captura con la bonificación o descuento aplicado.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
10 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
5 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
10 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Quién puede solicitar las bonificaciones o descuentos en el pago del impuesto predial vía Gobierno del Estado?
Puede solicitarla el propietario o poseedor del inmueble.
2. ¿Cuál es la diferencia de realizar el pago en las cajas de la Tesorería Municipal o en las Instituciones Bancarias, vía Gobierno del Estado?
Ambas tienen la misma validez, solo se le brinda una opción más de pago al contribuyente.
3. ¿Puede acceder al descuento el contribuyente via portal del Gobierno del Estado de México?
No, el descuento tiene que ser activado por personal del municipio autorizado para realizar dicho movimiento.
Fundamento legal:
Artículo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México y 95 fracción II de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Se Aplicará la bonificación o descuento vigente, acreditando y presentando la documentación completa
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
A solicitud del contribuyente, cuando desee realizar el pago vía Gobierno del Estado, con la aplicación de los descuentos vigentes.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
31/05/2023 01:49 pm



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