Gobierno del Estado de México
 

Procedimiento de Mediación o Conciliación vecinal, comunitaria, familiar, escolar, social o política.

Proceso por el cual el Oficial Mediador-Conciliador asiste a los participantes en un conflicto,facilitando el dialogo entre ellos,dando alternativas y proponiendo soluciones al mismo con el objeto de llegar a la solución de un conflicto o controversia.
Plaza Chignahuapan No. Ext. No. Int. S/N, Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Almoloya del Río
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
3 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los Órganos Judiciales o de otras Autoridades

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud del procedimiento de Mediación- Conciliación de forma escrita por parte del ciudadano.
SI
NO
Articulo 16 del Reglamento Interno de la Oficialia Mediadora-Conciliadora del H. Ayuntamiento Constitucional de Almoloya del Río, Estado de México 2019-2021.

2. Identificación Vigente de Credencial para votar
SI
1, Simple
Articulo 16 del Reglamento Interno de la Oficialia Mediadora-Conciliadora del H. Ayuntamiento Constitucional de Almoloya del Río, Estado de México 2019-2021.

1.- Presentación de la solicitud por parte del interesado.
2.- Evaluar la solicitud de los interesados con el fin de determinar el medio alternativo idóneo para la solución del conflicto.
3.- Señalamiento del día y hora para celebrar la sesión de mediación y/o conciliación. Ocho días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud.
4.- Generación de la invitación para el destinatario.
5.-Redactar, revisar y en su caso aprobar, los acuerdos o convenios a que lleguen los participantes a través de la Mediación o de la Conciliación, los cuales deberán ser firmados por ellos y autorizados por el Oficial Mediador-Conciliador.
Desahogado el Procedimiento de Mediación y/o Conciliación, a petición de los interesados se elabora una Acta Informativa, Convenio y/o Acta de Mutuo Respeto se genera un costo por el documento a obtener.
Dependencia u organismo:
Municipio Almoloya del Río
Dirección general:
Oficialía Mediadora Conciliadora
Unidad administrativa responsable:
Oficialía Mediadora Conciliadora
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC. Alejandra Martínez Segura
Cargo del titular:
Oficial Mediador Conciliador
Domicilio:
Plaza Chignahuapan No. Ext. No. Int. S/N, Col. Almoloya del Río, C.P. 52540, Almoloya del Río, México
Contacto:
Telefono1: ( ) 713 132 0004 Ext: 134
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: conciliacion@almoloyadelrio.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
En el posible caso se obtiene una Acta Informativa, Acta Convenio o Acta Mutuo Respeto
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
Duración del trámite o servicio:
3 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿El procedimiento de Mediación y Conciliación es obligatorio?
No. El procedimiento de Mediación-Conciliación es voluntario, previo consentimiento de los interesados.
2. ¿Existe algún principio que garantice la confidencialidad de los asuntos que se tratan en la Oficialia Mediadora-Conciliadora?
El oficial Mediador-Conciliador está impedido para proporcionar sin autorización expresa de las partes la información que éstas le hubieren confiado
3. ¿Como concluye el Procedimiento de Mediación-Conciliación, Vecinal,Comunitaria,Familiar, Escolar,Social o Político?
1.- Acuerdo final entre los participantes.
2.-Decisión de alguno de los participantes.
3.-Inasistencia de alguno de los participantes a las sesiones correspondientes sin causa justificada.
4.-Acuerdo de la Oficialia, en caso de advertir simulación en el trámite,
Fundamento legal:
Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 150, Capitulo Primero, Título V, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.
Artículo 30, 31, 32, 33, 34, Capítulo I, Titulo Tercero de la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social para el Estado de México.
Reglamento del Centro de Mediación y Conciliación del Poder Judicial del Estado México
Reglamento de la Oficiala Mediadora- Conciliadora del Ayuntamiento de Almoloya del Río Estado de México.
Artículo 75 y 76, Capítulo I, Título Octavo del Bando Municipal de Policía y Gobierno del H. Ayuntamiento de Almoloya del Río Estado de México.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
1.- Evaluar las solicitudes de los interesados con el fin de determinar el medio alternativo idóneo para el tratamiento del asunto de que se trate;
2.- Implementar y substanciar procedimientos de mediación o conciliación vecinal, comunitaria, familiar, escolar, social o política en todos los casos en que sean requeridos por la ciudadanía o por las Autoridades Municipales;
3.- Redactar, revisar y en su caso aprobar, los Acuerdos o Convenios a que lleguen los participantes a través de la Mediación o de la Conciliación, los cuales deberán ser firmados por ellos y autorizados por el Oficial Mediador-Conciliador;
4.-Dar por concluido el procedimiento en el momento que exista falta de interés en el asunto por alguna de las partes o de observación de las reglas que lo rigen
2.-Suspender la Mediación o la Conciliación por cualquier cosa previa o superviniente que haga imposible el procedimiento, así como cuando uno de los interesados lo solicite.
3.- Negar el servicio cuando se pueda perjudicar a la Hacienda Pública, a las Autoridades Municipales o a terceros;
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
En los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los Órganos Judiciales o de otras Autoridades
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/09/2020 12:18 pm



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