Gobierno del Estado de México
 

DENUNCIA

CONSISTE EN RECEPCIONAR Y ATENDER TODA DENUNCIA EN CONTRA DE SERVIDORES PÚBLICOS ADSCRITOS A ESTE AYUNTAMIENTO DE XONACATLÁN, MÉXICO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DE ELECCIÓN POPULAR.
PLAZA JUÁREZ No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52060, Xonacatlán, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Xonacatlán
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
ANTE EL INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES EN EL ARTÍCULO 6 Y 7 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. POR PARTE DE UN SERVIDOR PÚBLICO.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. CREDENCIAL PARA VOTAR (INE)
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 6, 7, 50, 51, 52, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS..
ARTÍCULOS 113 Y 140 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. CARTA PODER NOTARIAL
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 6, 7, 50, 51, 52, DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS..
ARTÍCULOS 113 Y 140 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO.

DENUNCIA POR ESCRITO
RATIFICACION DE DENUNCIA
INSTAURACION DE INVESTIGACION
Dependencia u organismo:
Municipio Xonacatlán
Unidad administrativa responsable:
ÓRGANO DE CONTROL INTERNO
Titular de la unidad administrativa responsable:
JESSICA DE LA LUZ RODRIGUEZ MENDEZ
Cargo del titular:
CONTRALORA
Domicilio:
PLAZA JUÁREZ No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 52060, Xonacatlán, México
Contacto:
Telefono1: ( 719 ) 2860852 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: contraloria@xonacatlan.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
COPIA SIMPLE O CERTIFICADA A PETICIÓN DE PARTE DE ACTA ADMINISTRATIVA CIRCUNSTANCIADA.
COPIA SIMPLE O CERTIFICADA A PETICIÓN DE PARTE DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
20 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. QUE ES UNA DENUNCIA
LA INFORMACIÓN POR PARTE DEL CIUDADANO QUE SE ASIENTA EN ACTA ADMINISTRATIVA CIRCUNSTANCIADA ANTE LA CONDUCTA CONSTANTE EN UN ACTO U OMISIÓN QUE SE DETERMINA EN EL INCUMPLIMIENTO AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULOS 6, 7 50 Y 52 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
2. QUE SANCIONES EXISTEN
SANCIÓN DE SUSPENSIÓN, DESTITUCIÓN E INHABILITACIÓN.
3. EN QUE TIEMPO OBTENGO UNA RESPUESTA.
15 A 20 DÍAS HÁBILES.
Fundamento legal:
ARTÍCULOS 14, 16, 109 FRACCIÓN III, 113 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

ARTÍCULO 130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO: PARA LOS EFECTOS DE LAS RESPONSABILIDADES A QUE LUDE ESTE TÍTULO, SE CONSIDERA COMO SERVIDOR PÚBLICO A TODA PERSONA QUE DESEMPEÑE UN EMPLEO, CARGO O COMISIÓN EN ALGUNO DE LOS PODERES DEL ESTADO, EN LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS MUNICIPIOS Y ORGANISMOS AUXILIARES, ASÍ COMO LOS TITULARES O QUIENES HAGAN SUS VECES EN EMPRESAS DE PARTICIPACIÓN ESTATAL O MUNICIPAL, SOCIEDADES O ASOCIACIONES ASIMILADAS A ÉSTAS Y EN LOS FIDEICOMISOS PÚBLICOS. POR LO QUE TOCA A LOS DEMÁS TRABAJADORES DEL SECTOR AUXILIAR, SU CALIDAD DE SERVIDORES PÚBLICOS ESTARÁ DETERMINADA POR LOS ORDENAMIENTOS LEGALES RESPECTIVOS.

ARTÍCULOS 110, 111 Y 112 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO. LAS FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA INTERNA ESTARÁN A CARGO DEL ÓRGANO QUE ESTABLEZCA EL AYUNTAMIENTO.

ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN XXII, 9 FRACCIÓN V, 10, 11 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.

ARTÍCULOS 3 FRACCIÓN XXI, 9 FRACCIÓN II Y 10 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.

ARTÍCULOS 266, 267 FRACCIÓN VII Y 268 DEL BANDO MUNICIPAL DE XONACATLÁN, MÉXICO.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
REVISIÓN A LA AUTORIDAD SUBSTANCIADORA UNA VEZ QUE SE HAYA CONCLUIDO LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
ANTE EL INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES EN EL ARTÍCULO 6 Y 7 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS. POR PARTE DE UN SERVIDOR PÚBLICO.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
23/02/2021 02:56 pm



Arriba