Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud de Matrimonio que contendrá los nombres, edad, ocupación, lugar de nacimiento y domicilio de los solicitantes y de sus padres, además de las firmas y huellas de los solicitantes, número telefónico y en su caso correo electrónico de alguno o ambos contrayentes;
SI
NO
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. Presencia de los solicitantes;
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. Acreditar que los contrayentes han cumplido 18 años;
NO
1, Simple
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
4. La manifestación de que no tienen impedimento alguno y que es su voluntad unirse en matrimonio;
SI
NO
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
5. Copia Certificada del Acta de nacimiento de los solicitantes;
NO
1, Certificada
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
6. Convenio que exprese el régimen bajo el cual se desea contraer matrimonio; sociedad conyugal o separación de bienes;
SI
NO
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
7. Certificado suscrito por médico titulado o por una institución oficial que haga constar que los solicitantes no padecen enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias.
SI
NO
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
8. Para el caso de darse los supuestos que se enumeran a continuación deberán presentarse además de los requisitos señalados, los siguientes:
I. Si alguno o ambos contrayentes ya hubiesen contraído matrimonio y su cónyuge hubiere fallecido, copia certificada del acta de defunción respectiva;
II. Si alguno de los contrayentes ya hubiese contraído matrimonio anteriormente y fue declarado nulo, deberá presentar copia certificada de la sentencia ejecutoriada;
III. Copia certificada de la resolución que decrete el divorcio o nulidad del matrimonio, del acta de divorcio y/o copia certificada del acta de matrimonio con anotación de la disolución.
SI
NO
Artículos 3.26 y 3.27 del Código Civil vigente en el Estado de México.
Artículo 79 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México.
Artículo 142 fracción V del Código Financiero del Estado de México y Municipios.