Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud por escrito dirigida al Director del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Ixtapan de la Sal.
SI
1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
2. Llenado de formato expedido por el Organismo.
SI
1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
3. Documento mediante el cual acredite la propiedad o legal posesión del inmueble (traslado de dominio, escritura pública, contrato de compraventa, contrato de donación, contrato de cesión de derechos, sentencia que haya causado ejecutoria).
SI
1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
4. Recibo de predial vigente.
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1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
5. Identificación oficial de quien realiza el trámite.
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1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
6. Pago de derechos y recibo.
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1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.
7. En caso de que se promueva en representación de un tercero, deberá acompañar poder notarial o carta poder (reciente), así como identificación oficial con fotografía de quien otorga, recibe y dos testigos).
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1, Simple
Artículo 116, 118 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México. Artículo 129, 135 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios.