Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud que contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es) solicita(n)
SI
NO
Artículo 3.1 y 3.3 del Código Civil del Estado de México
Artículo 44, 45 fracción 1, 11, 111, 1V Y 46 Fracciones 1, 11, 111, 1V, V, V1, V11, V111, 1X, 1, X1 Y X11 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México
Artículo 142 fracción X1 inciso A) e inciso 2) y XV11 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
2. Copia certificada de no mayor a 06 meses del acta del que se pretenda modificar o aclara fiel del libro.
SI
1, Certificada
Artículo 3.1 y 3.3 del Código Civil del Estado de México
Artículo 44, 45 fracción 1, 11, 111, 1V Y 46 Fracciones 1, 11, 111, 1V, V, V1, V11, V111, 1X, 1, X1 Y X11 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México
Artículo 142 fracción X1 inciso A) e inciso 2) y XV11 del Código Financiero del Estado de México y Municipios
3. Así mismo, deberá presentar cuando proceda, copias expedidas con una certificación de no más de un año de antigüedad de las actas de nacimiento, matrimonio de los padres, del propio interesado o de hermano, en caso de que estas tengan relación con el acta a aclarar o complementar.
SI
1, Certificada
Artículo 3.1 y 3.3 del Código Civil del Estado de México
Artículo 44, 45 fracción 1, 11, 111, 1V Y 46 Fracciones 1, 11, 111, 1V, V, V1, V11, V111, 1X, 1, X1 Y X11 del Reglamento Interior del Registro Civil del Estado de México
Artículo 142 fraccion X1 inciso A) e inciso 2) y XV11 del Código Financiero del Estado de México y Municipios