Gobierno del Estado de México
 

CONSTANCIA DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS

CONSTANCIA QUE SE EMITE A SOLICITUD DEL CIUDADANO MEDIANTE LA CUAL SE EXPRESA QUE EXISTE LA FACTIBILIDAD PARA PRESTAR LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, DRENAJE SANITARIO Y SANEAMIENTO, ELECTRIFICACIÓN,O INFRAESTRUCTURA, EN UNA FRACCIÓN DETERMINADA DE TERRENO QUE SE PRETENDE URBANIZAR O SOBRE VÍA PUBLICA.
27 de Septiembre No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CENTRO, ATENCO, C.P. 56300, Atenco, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Atenco
Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO EL CIUDADANO LO SOLICITE UNA VEZ QUE REQUIERA LA DOTACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE UN SERVICIO PUBLICO O INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL, TALES COMO: INTRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, INTRODUCCIÓN DE RED DE DRENAJE, INTRODUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. CROQUIS DE UBICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN.
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

2. IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE)
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

3. DOCUMENTO CON QUE ACREDITE LA PROPIEDAD
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

4. COMPROBANTE DE PAGO PREDIAL RECIENTE.
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. DOCUMENTO CON QUE ACREDITE LA PROPIEDAD
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

2. CROQUIS DE UBICACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

3. IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE).
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

4. COMPROBANTE DE PAGO PREDIAL RECIENTE.
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

5. DEBERÁN ACREDITARSE CON LOS DOCUMENTOS ORIGINALES Y/O COPIAS CERTIFICADAS, SU ACTA CONSTITUTIVA, REPRESENTACIÓN JURÍDICA Y DOMICILIO FISCAL.
SI
1, Simple
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.

INGRESAR SOLICITUD ANTE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO
INGRESAR DOCUMENTACIÓN SOLICITADA POR LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO PARA SU REVISIÓN Y O APROBACIÓN
PRESENTAR FACTURA DE PAGO DEL TRAMITE ANTE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO
RECOGER DOCUMENTO SOLICITADO A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO EN EL TIEMPO INDICADO.
Dependencia u organismo:
Municipio Atenco
Unidad administrativa responsable:
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. EDGAR GARCIA ORDOÑEZ
Cargo del titular:
DIRECTOR DE DESARROLLO URBANO
Domicilio:
27 de Septiembre No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. CENTRO, ATENCO, C.P. 56300, Atenco, México
Contacto:
Telefono1: ( ) Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: desarrollourbano@atencoedomex.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 17:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
CONSTANCIA DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
Duración del trámite o servicio:
1 día(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
3 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
1 año(s)
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿QUE DOCUMENTOS NECESITO PRESENTAR PARA REALIZAR EL TRAMITE?
SE OTORGA LISTA DE DOCUMENTOS A PROPORCIONAR
2. ¿QUE COSTO TIENE EL TRAMITE?
EL COSTO DEPENDERÁ DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, (VIGENTE).
3. ¿QUE TIEMPO TARDAN EN ENTREGAR EL DOCUMENTO SOLICITADO?
EL TIEMPO DE ENTREGA ES DE 3 DÍAS MÁXIMO, (PRESENTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA).
Fundamento legal:
ARTÍCULOS 143 FRACCIONES I Y 144 FRACCIONES I DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.ARTÍCULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO 2020 EN SU TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO DE LA OBRA PÚBLICA Y DESARROLLO URBANO, CAPÍTULO III. DEL DESARROLLO URBANO.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
LA EXPEDICIÓN Y ENTREGA DEL DOCUMENTO (CONSTANCIA DE FACTIBILIDADDE SERVICIOS) SE LLEVARÁ A CABO Y SE OTORGARÁ AL MOMENTO EN QUE EL SOLICITANTE PRESENTE, HAGA ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO EL CIUDADANO LO SOLICITE UNA VEZ QUE REQUIERA LA DOTACIÓN O CONSTRUCCIÓN DE UN SERVICIO PUBLICO O INFRAESTRUCTURA MUNICIPAL, TALES COMO: INTRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, INTRODUCCIÓN DE RED DE DRENAJE, INTRODUCCIÓN DE RED DE AGUA POTABLE.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/09/2020 04:00 pm



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