Gobierno del Estado de México
 

Registro de Altas, Bajas y Modificaciones de Clave Catastral

Actualizar la Clave Catastral por fusión, subdivisión o afectación al inmueble
José Vicente Villada No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 52280, San Antonio la Isla, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
San Antonio la Isla
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Casos para dar de baja una Clave Catastral: a)Fusión de predios; b)Afectación total del inmueble por la ejecución de obras públicas; c)Alta de una manzana debido a la saturación de predios de la manzana origen; d)Cuando la clave original es incorrecta respecto de la ubicación física del inmueble; e)Cuando se presente alguna modificación de límites municipales o creación de municipios.

La reasignación de Claves Catastrales procederá en los siguientes casos: a)Cuando el inmueble se localice en una manzana que ha sido saturada en el número de claves permitidas (más de 99); b)Cuando el inmueble se localice en una manzana que se subdividió por la apertura de una vialidad; c)Cuando el inmueble se encuentra en una manzana que es necesario subdividir por la modificación o actualización de una o varias áreas homogéneas; d)Cuando la clave registrada no corresponda a la localización física del inmueble.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al titular de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal solicitando el trámite
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

2. Documento que acredite la propiedad, puede ser cualquiera de los siguientes:
-Escritura pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el Tribunal Agrario.
-Inmatriculación administrativa o judicial.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

3. Cita para verificación del predio, la cual puede solicitar en las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal al momento de entregar su documentación.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

4. Identificación oficial del Titular
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

5. Formato "Manifestación Catastral"
debidamente requisitado, el cual puede solicitar en la Unidad Administrativa de Catastro Municipal, o bien puede descargarlo del archivo adjunto a esta cédula.
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Escrito libre dirigido al titular de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal solicitando el trámite.
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

2. Carta poder
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

3. Identificación oficial del titular, quien acepta el poder y de los testigos
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

4. Documento que acredite la propiedad, puede ser cualquiera de los siguientes:
-Escritura pública.
-Contrato privado de compra-venta, cesión o donación.
-Sentencia de la autoridad judicial que haya causado ejecutoria.
-Manifestación del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, autorizada por autoridad fiscal respectiva y el recibo de pago correspondiente.
-Acta de entrega, cuando se trate de inmuebles de interés social.
-Cédula de contratación que emita la dependencia oficial autorizada para la regularización de la tenencia de la tierra.
-Título, certificado o cesión de derechos agrarios, parcelarios o comunes; así como la sentencia emitida por el Tribunal Agrario.
-Inmatriculación administrativa o judicial.
NO
1, Simple
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

5. Cita para verificación del predio, la cual puede solicitar en las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal al momento de entregar su documentación.
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

6. Formato "Manifestación Catastral" debidamente requisitado, el cual puede solicitar en la Unidad Administrativa de Catastro Municipal, o bien puede
descargarlo del archivo adjunto a esta cédula.
SI
NO
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.

Presentarse en las instalaciones de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal para recibir la orientación e información respecto al trámite (requisitos).
Llenar el formato "Manifestación Catastral", anexar los requisitos para el trámite y entregar en la Unidad Administrativa de Catastro Municipal, para su validación; asimismo, agendar cita para verificación del predio.
Una vez realizada la verificación del predio y después de transcurrido el periodo necesario para
el proceso del resultado del trámite, acudir a las oficinas de la Unidad Administrativa de Catastro Municipal para recibir la Manifestación Catastral actualizada; y en el caso de altas se le entregará línea de captura para el pago del Impuesto Predial.
Dependencia u organismo:
Municipio San Antonio la Isla
Dirección general:
Tesorería y Administración Municipal
Unidad administrativa responsable:
Tesorería y Administración Municipal
Titular de la unidad administrativa responsable:
Nohemí Judith Chávez Camacho
Cargo del titular:
Tesorera y Administradora Municipal
Domicilio:
José Vicente Villada No. Ext. S/N No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 52280, San Antonio la Isla, México
Contacto:
Telefono1: ( 717 ) 1046335 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: catastrosali@gmail.com
Horario y días de atención:
De 9:00 a 18:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Manifestación Catastral
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Ejercicio fiscal vigente.
Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
4 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

A continuación haz clic para imprimir/descargar el formato:
1. ¿En qué momento se da de baja una Clave Catastral?
Cuando el predio se haya fusionado con algún otro.
2. ¿Tiene algún costo?
Ninguno, el trámite es gratuito.
3. ¿Catastro fusiona los predios?
No, lo realiza la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Gobierno del Estado de México.
Fundamento legal:
Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 171 Fracción II y 179 Fracción I.
Reglamento del Título Quinto del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Artículos 24, 26 y 27.
Manual Catastral del Estado de México, Apartados ACC001, ACC002, ACC003 y ACC004.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
-Cumplir con todos los requisitos.
-En caso que en la verificación de campo se identifique que existe un conflicto entre particulares, Catastro se abstiene de realizar algún trámite o servicio.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Casos para dar de baja una Clave Catastral: a)Fusión de predios; b)Afectación total del inmueble por la ejecución de obras públicas; c)Alta de una manzana debido a la saturación de predios de la manzana origen; d)Cuando la clave original es incorrecta respecto de la ubicación física del inmueble; e)Cuando se presente alguna modificación de límites municipales o creación de municipios.

La reasignación de Claves Catastrales procederá en los siguientes casos: a)Cuando el inmueble se localice en una manzana que ha sido saturada en el número de claves permitidas (más de 99); b)Cuando el inmueble se localice en una manzana que se subdividió por la apertura de una vialidad; c)Cuando el inmueble se encuentra en una manzana que es necesario subdividir por la modificación o actualización de una o varias áreas homogéneas; d)Cuando la clave registrada no corresponda a la localización física del inmueble.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
10/09/2020 01:38 pm



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