Gobierno del Estado de México
 

Acta informativa de extravío

A petición del interesado que requiere realizar trámites ante otras instancias o evitar usos inadecuados del mismo, requiere justificar la pérdida del documento con testigos y declarando bajo protesta de decir verdad.
Plaza Venustiano Carranza No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 51440, Luvianos, México
Costo:
$ 100 pesos.
Adicional:
Artículo 4 del bando municipal 2024.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2024 al 31/12/2024.
Formas de pago:
Efectivo.
Lugares de pago:
Otro.
Otras alternativas:
Tesorería municipal.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Luvianos
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano así lo declare.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Ine o Pasaportes Vigentes
NO
1, Simple
Artículo 6-7-8 de la ley de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados del estado de México.
Artículo 4 del bando municipal 2024.

2. Cubrir el pago correspondiente.
NO
1, Simple
Artículo 4 del bando municipal 2024.

1.- Los interesados acuden a la oficialía mediadora-conciliadora a solicitar se inscriba un acta de extravío por hechos no constitutivos.
2.- El área secretarial atiende a los interesados y les proporciona información sobre los requisitos necesarios para realizar el trámite de inscripción de acta de extravío de acuerdo a su situación particular.
3.- Los interesados hacen entrega de la documentación para su trámite y presentan un testigo.
4.-El oficial mediador conciliador atiende a los interesados, recibe la documentación, la revisa, verifica y turna al área secretarial y da indicaciones para que se elabore el acta correspondiente.
5.-El área secretarial recibe la documentación, se entera y procede a elaborar el acta en original y un tanto para los interesados.
6.-Los interesados revisan que los datos sean correctos e indica la secretaria.
7.- El área secretarial recaba las firmas del interesado y el testigo, entrega al oficial mediador-conciliador la documentación y el acta de extravío debidamente requisitada.
8.- El oficial mediador-conciliador recibe los documentos y el acta de extravío debidamente requisitada, la revisa y coteja la información asentada, contra la documentación recibida firma y sella el acta de extravío.
9.-El oficial mediador-conciliador solicita al área secretarial la elaboración de una orden de pago a nombre de los interesados manifestando el costo del documento.
10.- El área secretarial procede a elaborar la orden de pago y la entrega a los interesados para que efectúen el pago en la tesorería municipal.
11.- Los interesados regresan a la oficialía mediadora-conciliadora con un comprobante de pago y lo entregan al área secretarial.
12.- El oficial mediador conciliador entrega el acta de extravío a los interesados.
13.- A petición del interesado que requiere realizar trámites ante otras instancias o evitar usos inadecuados del mismo, requiere justificar la pérdida del documento con testigos y declarando bajo protesta de decir verdad.
14.- El área secretarial archiva un ejemplar del acta de extravío junto con los documentos que conforman el apéndice.
Dependencia u organismo:
Municipio Luvianos
Dirección general:
Juzgado Cívico
Unidad administrativa responsable:
Juzgado Cívico
Titular de la unidad administrativa responsable:
Lic. Diego Pérez Pérez
Cargo del titular:
Juez Cívico
Domicilio:
Plaza Venustiano Carranza No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. Centro, C.P. 51440, Luvianos, México
Contacto:
Telefono1: ( 722 ) 424 2434 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: oficial.conciliador@luvianos.gob.mx
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
Acta informativa de extravío
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
Duración del trámite o servicio:
30 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
30 minuto(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿Para qué sirve un acta de extravío?
Para informar ante una autoridad la perdida de algún documento u objeto y deslindarse de responsabilidad alguna en caso de cualquier mal uso que se le pudiera dar.
2. Es obligatorio sacar un acta de extravío en caso de la perdida de algún objeto o documento de importancia?
Si, para deslindarse de responsabilidad en caso de que se le pudiera dar mal uso
3. ¿Qué dependencias pueden admitir un acta de extravío?
En cualquier dependencia pública (secretaría de relaciones exteriores, registro civil, secretaria de educación pública y secretaría de transporte, etc.
Fundamento legal:
Artículo 77 del bando municipal 2024.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
Que el ciudadano cumpla con los requisitos del trámite.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
Cuando el ciudadano así lo declare.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/04/2024 02:33 pm



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