Gobierno del Estado de México
 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS POR FALTAS AL BANDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL

ES UN EXPEDIENTE QUE SE FORMA CON MOTIVO DE LAS INFRACCIONES AL BANDO DE GOBIERNO MUNICIPAL, COMETIDOS POR PERSONAS FÍSICAS, LAS CUALES SON REMITIDAS POR CUALQUIER CUERPO POLICÍACO, EN DONDE EL OFICIAL CALIFICADOR, DEBE EMITIR UNA RESULUCION CONSISTENTE EN UNA SANCIÓN.
IGNACIO ALLENDE No. Ext. 5 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Acambay
Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO CUALQUIER PERSONA INCURRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 221 DEL BANDO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE ACAMBAY DE RUIZ CASTAÑEDA.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. IDENTIFICACIÓN DEL OFICIAL REMITENTE
SI
1, Simple
ARTICULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

2. INFORME POLICIAL HOMOLOGADO
SI
1, Simple
ARTICULO 132 FRACCIÓN XIV, DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

3. HOJA DE DERECHOS DE LA PERSONA PRESENTADA
SI
1, Simple
ARTICULO 20 APARTADO B DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ARTICULO 113, 132 FRACCIÓN XIV, Y 152 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

4. CERTIFICADO MEDICO DE ESTADO PSICOFISICO LESIONES
SI
1, Simple
ARTICULO 237 FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO ARTICULO 223 DEL BANDO MUNICIPAL DE ACAMBAY DE RUIZ CASTAÑEDA.

5. CREDENCIAL DE ELECTOR DEL INFRACTOR
SI
1, Simple
ARTICULO 2.5 BIS DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO.

EL OFICIAL CALIFICADOR TIENE CONOCIMIENTO DE LA INFRACCIÓN A PARTIR DEL INFORME POLICIAL HOMOLOGADO, EN DONDE EL OFICIAL REMITENTE REALIZA LA PUESTA A DISPOSICION DEL INFRACTOR.
SE RECABA LA DECLARACIÓN DEL OFICIAL REMITENTE, PROTESTADOS DE ACUERDO A LA ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 49 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, Y 156 DEL CÓDIGO PENAL.
SE DA FE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS POR EL OFICIAL REMITENTE
SE DA FE DE LA PERSONA PRESENTADA COMO PRESUNTO INFRACTOR
SE DA INTERVENCIÓN AL MEDICO LEGISTA ADSCRITO A LA OFICIALIA CALIFICADORA PARA QUE REALICE LA CERTIFICACIÓN DEL INFRACTOR, EN CUANTO A SU ESTADO PSICOFISICO.
SE RECABA LA DECLARACIÓN DEL PRESUNTO INFRACTOR EN RELACIÓN A LOS HECHOS.
SE PROCEDE A DICTAR LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, DÁNDOLE A CONOCER AL INFRACTOR LA SANCIÓN A QUE SE A HECHO ACREEDOR.
SE GIRA BOLETA DE INGRESO O SALIDA SEGÚN SEA EL CASO DIRIGIDA AL DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA Y PROTECCIÓN CIVIL.
Dependencia u organismo:
Municipio Acambay
Dirección general:
OFICIALÍA CALIFICADORA
Unidad administrativa responsable:
OFICIALÍA CALIFICADORA
Titular de la unidad administrativa responsable:
LIC. VICTOR MARTÍNEZ COLÍN
Cargo del titular:
OFICIAL CALIFICADOR
Domicilio:
IGNACIO ALLENDE No. Ext. 5 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Contacto:
Telefono1: ( 718 ) 1272327 Ext:
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: victorcolinmartinez@gmail.com
Horario y días de atención:
Las 24 horas de 365 Días al año
Resultado o documento a obtener:
ACUERDO DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO POR INFRACCIÓN AL BANDO MUNICIPAL.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
Permanente.
Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
Duración del trámite o servicio:
1 hora(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
1 hora(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
Permanente
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. ¿PORQUE REALIZARON MI PRESENTACIÓN ANTE EL OFICIAL CALIFICADOR?
SE LE INFORMA AL PRESUNTO INFRACTOR DE LA FALTA ADMINISTRATIVA EN LA QUE INCURRIÓ, SIENDO ESTE EL MOTIVO DE SU PRESENTACIÓN.
2. ¿A QUE TIPO DE SANCIÓN ME PUEDO HACER ACREEDOR POR INCURRIR EN UNA FALTA ADMINISTRATIVA?
LA SANCIÓN PUEDE SER DESDE UNA AMONESTACIÓN; TRABAJO EN FAVOR DE LA COMUNIDAD; MULTA; CLAUSURA O SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DE INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y EXPLOTACIÓN DE BANCOS DE CUALQUIER TIPO DE MATERIAL; ASEGURAMIENTO DE MERCANCÍAS; O UN ARRESTO ADMINISTRATIVO, ESTE ULTIMO SOLO EN CASOS DE QUE EL INFRACTOR NO PAGUE LA MULTA QUE LE FUE IMPUESTA, O BIEN QUE SE TRATE DE UNA PERSONA REINCIDENTE Y POR CONDUCTAS GRAVES CONTRA LA FAMILIA, ADULTOS MAYORES,MENORES DE EDAD, MUJERES, EMBARAZADAS Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
3. ¿ME PUEDEN REMITIR AL MINISTERIO PUBLICO?
NO, PORQUE NO SE TRATA DE HECHOS CONSTITUTIVOS DE DELITO SINO DE UNA INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA CONTRA EL BANDO MUNICIPAL.
Fundamento legal:
1.- ARTICULO 20 APARTADO B) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
2.- ARTICULO 113 Y 152 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.
3.- ARTICULO 150 FRACCIÓN II, INCISO B), C), D), Y E), DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO.
4.- ARTICULO 90 FRACCIÓN I, 221, 223, 224, 225, 226, 227, Y 228 DEL BANDO MUNICIPAL DE ACAMBAY DE RUIZ CASTAÑEDA.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
SE ANALIZAN VARIOS FACTORES PARA PODER EMITIR, LA SANCIÓN CORRESPONDIENTE, ENTRE ELLOS EL ESTADO PSICOFISICO DEL INFRACTOR, SU COMPORTAMIENTO, LA REINCIDENCIA, LA GRAVEDAD DE LA FALTA Y EL DAÑO OCASIONADO A LA SOCIEDAD O BIENES MUNICIPALES.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Oficial.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
CUANDO CUALQUIER PERSONA INCURRA EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 221 DEL BANDO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE ACAMBAY DE RUIZ CASTAÑEDA.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
14/09/2020 11:18 am



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