Requisitos para personas jurídico colectivas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. Solicitud debidamente llenada y firmada
SI
1, Simple
Artículo 18.21 fracción I del Libro Décimo Octavo de las Construcciones; artículo 8 fracción I inciso a, b, c, d, e, f y fracción II inciso a, b, y c del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
2. Identificación oficial vigente con fotografía del solicitante y en su caso, del representante legal
NO
1, Simple
Artículo 8 fracción II inciso a, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
3. Documento que acredite la propiedad inscrito en el instituto de la función registral del estado de México (escrituras públicas y resoluciones judiciales o administrativas).
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción II del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México y artículo 9 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
4. Licencia de uso del suelo, autorización de conjunto urbano o, en los casos que impliquen la construcción de más de diez viviendas o de un coeficiente de utilización del suelo de tres mil o más metros cuadrados de construcción en otros usos, constancia de viabilidad, autorización de subdivisión o de condominio según corresponda, expedida por la secretaría de desarrollo urbano.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 1 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
Artículo 18.23 del Código Administrativo del Estado de México.
5. Constancia de alineamiento y número oficial.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no.2 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
6. Planos arquitectónicos del proyecto, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 3 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
7. Copia de registro del DRO vigente
NO
1, Simple
Artículo 18.15 capítulo cuarto de los directores responsables de obra y corresponsables de obra del Código Administrativo del Estado de México.
8. Planos arquitectónicos del proyecto en los que se indiquen los pisos, departamentos, viviendas o locales que serán áreas privativas o del dominio exclusivo de los condominios, los elementos comunes de la construcción y las áreas de uso común del inmueble, así como tabla de indivisos, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra en el caso de construcciones en el régimen de propiedad en condominio
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 4 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
9. Planos estructurales, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 5 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
10. Planos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas y especiales, firmados por director responsable de obra y/o corresponsable de obra.
SI
2, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 6 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
11. Constancia de terminación de obra, en los casos de ampliación, modificación o reparación de la obra existente.
NO
1, Simple
Artículo 18.21 fracción III inciso a, no. 7 del Libro Décimo Octavo de las Construcciones del Código Administrativo del Estado de México.
12. Libro de bitácora obra debidamente foliada y sellada
SI
1, Simple
Artículo 132 Título Octavo, Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.