Gobierno del Estado de México
 

EXPEDICIÓN DE ORDEN DE ENTERO PARA EL PAGO DE SERVICIOS DEL PANTEÓN MUNICIPAL.

SE REFIERE A LA EXPEDICIÓN DE ÓRDENES DE ENTERO REFERENTES A PAGO POR SERVICIOS DEL PANTEÓN MUNICIPAL.
PLAZA HIDALGO No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Adicional:
EL PRIMER PAGO DESCRITO ES POR LA OBTENCIÓN DE CERTIFICADO DE DERECHOS DE TEMPORALIDAD, EL SEGUNDO PAGO ES POR REFRENDO ANUAL, LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 155 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS.
Vigencia del costo:
Periodo del costo: Del 01/01/2020 al 31/12/2020.
Formas de pago:
Efectivo.
Ámbito:
Municipal
Municipio:
Acambay
Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
SE REALIZA CUANDO EL CIUDADANO REQUIERE DEL SERVICIO PARA LA ADQUISICIÓN A TEMPORALIDAD DE UN PREDIO, Y POSTERIOR A LOS 7 AÑOS DE VER ADQUIRIDO LA TEMPORALIDAD DEL PREDIO PARA LA CONSERVACIÓN DE RESTOS.

Requisitos para personas físicas:
Original
Copias
Fundamento jurídico-administrativo
1. CREDENCIAL DE ELECTOR.
NO
1, Simple
ARTÍCULO 67 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LA DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS, Y CADÁVERES DE SERES HUMANOS, ARTÍCULO 155 FRACCIÓN II, XI Y XIII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTÍCULO 141, 142 FRACCIÓN VI DEL BANDO MUNICIPAL DE ACAMBAY DE RUÍZ CASTAÑEDA, LOS DEMÁS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

2. ÚLTIMO COMPROBANTE DEL PAGO DE REFRENDO ANUAL
NO
1, Simple
ARTÍCULO 67 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LA DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS, Y CADÁVERES DE SERES HUMANOS, ARTÍCULO 155 FRACCIÓN II, XI Y XIII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTÍCULO 141, 142 FRACCIÓN VI DEL BANDO MUNICIPAL DE ACAMBAY DE RUÍZ CASTAÑEDA, LOS DEMÁS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

3. DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA TEMPORALIDAD DEL PREDIO (ACTA DE DEFUNCIÓN, CERTIFICADO DE TEMPORALIDAD, PAGO DE REFRENDO ANUAL) EN CASO QUE NO LOS TRAIGAN SE TENDRÁ QUE VOLVER A ADQUIRIR EL PREDIO.
NO
1, Simple
ARTÍCULO 67 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CONTROL SANITARIO DE LA DISPOSICIÓN DE ÓRGANOS, TEJIDOS, Y CADÁVERES DE SERES HUMANOS, ARTÍCULO 155 FRACCIÓN II, XI Y XIII DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, ARTÍCULO 141, 142 FRACCIÓN VI DEL BANDO MUNICIPAL DE ACAMBAY DE RUÍZ CASTAÑEDA, LOS DEMÁS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES.

1.- INGRESA EL CIUDADANO EN PALACIO MUNICIPAL.
2.- POSTERIORMENTE EL CIUDADANO SUBE POR LAS ESCALERAS EN EL PRIMER PISO, POR CONSIGUIENTE, EL CIUDADANO SE DIRIGE AL ÁREA DE REGIDURÍAS LA CUAL SE ENCUENTRA A MANO DERECHA SUBIENDO LAS ESCALERAS, UNA VEZ ESTANDO EN EL ÁREA DESCRITA PASA A LA OFICINA QUE SE ENCUENTRA ENFRENTE DE LA SEGUNDA REGIDURÍA.
3.- ACTO POSTERIOR EL CIUDADANO SOLICITA QUE SE LE GENERE LA ORDEN DE ENTERO PARA PAGAR LOS DERECHOS POR SERVICIOS DE PANTEONES.
4.-UNA VEZ EN LA OFICINA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO SOLICITA LA DOCUMENTACIÓN DEL CIUDADANO PARA QUE SE LE PUEDA ATENDER CONFORME AL PROTOCOLO.
5.- UNA VEZ QUE EL PERSONAL ADMINISTRATIVO HAYA GENERADO LA ORDEN DE ENTERO PARA PAGO, EL CIUDADANO PASA A CAJA DE TESORERÍA MUNICIPAL PARA EFECTUAR EL PAGO.
6.- UNA VEZ REALIZADO EL PAGO EL CIUDADANO PROPORCIONA COPIA SIMPLE DEL COMPROBANTE DE PAGO PARA QUE EL ÁREA ADMINISTRATIVA LA RESGUARDE EN SU EXPEDIENTE.
Dependencia u organismo:
Municipio Acambay
Dirección general:
DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
Unidad administrativa responsable:
COORDINACIÓN DE PARQUE, JARDINES, PANTEONES Y RASTRO MUNICIPAL.
Titular de la unidad administrativa responsable:
C. YOLANDA RUÍZ HERNANDEZ
Cargo del titular:
COORDINADORA
Domicilio:
PLAZA HIDALGO No. Ext. 1 No. Int. S/N, Col. CENTRO, C.P. 50300, Acambay, México
Contacto:
Telefono1: ( 718 ) 10 10 10000 Ext: 307
Telefono2: ( )
Telefono3: ( )
Fax:
Correo electrónico: netomarinez123@gmail.com.
Horario y días de atención:
De 9:00 a 16:00 horas de Lunes a Viernes
Resultado o documento a obtener:
EN CASO DE ADQUIRIR O REGULARIZAR UNA FOSA SE OBTIENE UN CERTIFICADO DE DERECHOS DE TEMPORALIDAD,
EN O CURSO QUE SEA PARA EL PAGO DE REFRENDO ANUAL, LO ÚNICO QUE SE OBTIENE ES EL COMPROBANTE DE PAGO QUE ES EMITIDO POR LA TESORERÍA MUNICIPAL.
(es el resultado o documento final que se obtiene al realizar el trámite o servicio, ejemplo: asesoría, capacitación, consultoría, información, apoyo, material, etc.)

Vigencia del resultado o documento a obtener:
La señalada en el documento.
Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
Duración del trámite o servicio:
10 minuto(s)
(tiempo para realizar el trámite ante la dependencia de principio a fin)

Plazo máximo de respuesta:
15 día(s)
(tiempo que tarda la dependencia en dar solución al trámite o servicio)

Vigencia del trámite o servicio:
La señalada en el documento
(tiempo que estará operando el trámite o servicio)

1. A PARTE DEL PAGO DE REFRENDO QUE OTROS PAGOS POR DERECHOS HAY
DENTRO DEL CATÁLOGO POR DERECHOS SE ENCUENTRA LO QUE ESTA CONSAGRADO EN EL ARTÍCULO 155 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO.
2. CUANTOS ESPACIOS DISPONIBLES HAY EN EL PANTEÓN MUNICIPAL
67 FOSAS DISPONIBLES
3. QUE PASA SI NO PAGO EL REFRENDO DEL PANTEÓN POSTERIOR A LOS SIETE AÑOS DE VER ADQUIRIDO EL PREDIO A TEMPORALIDAD.
RESPECTO CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES SE PROCEDERÁ A REALIZAR EL DEBIDO PROCESO PARA QUE EL PREDIO SEA NUEVAMENTE OCUPADO POR OTRO USUARIO, LO ANTERIOR DEBIENDO LLEVAR EL PROCEDIMIENTO CONFORME AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO EN SU ARTÍCULO 113
Fundamento legal:
ARTÍCULO 115 FRACCIÓN III INCISO E DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS, ARTÍCULO 155 DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO, ARTÍCULO 142 FRACCIÓN VI DEL BANDO MUNICIPAL 2020 DE ACAMBAY, LOS DEMÁS FUNDAMENTOS APLICABLES.
Criterios de resolución del trámite o servicio:
EL CIUDADANO EN TODO MOMENTO SE DEBE DE PRESENTAR EN LAS INSTALACIONES PARA RECIBIR MÁS INFORMACIÓN.
Para este trámite o servicio se aplica el calendario:
Fiscal.
Casos en los que el trámite o servicio debe realizarse:
SE REALIZA CUANDO EL CIUDADANO REQUIERE DEL SERVICIO PARA LA ADQUISICIÓN A TEMPORALIDAD DE UN PREDIO, Y POSTERIOR A LOS 7 AÑOS DE VER ADQUIRIDO LA TEMPORALIDAD DEL PREDIO PARA LA CONSERVACIÓN DE RESTOS.
Trámites o servicios relacionados:
No se encontraron trámites o servicios relacionados.
Última actualización:
18/09/2020 01:03 pm



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